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martes, 31 de enero de 2012

Repudian el uso de la Ley AntiTerrorista contra asambleístas de Catamarca


La Fundación Servicio, Paz y Justicia (SERPAJ), dirigida por el Premio Nóbel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA), presidida por Enrique Viale, expresaron su enérgico rechazo a la imputación como terroristas de quienes realizaban un bloqueo a la minera La Alumbrera.

"La represión y detención fue ordenada de manera ilegal por el Fiscal subrogante Dr. Julio Esteban Landivar, quien abusando de su poder les imputo el delito de daño al Estado aplicándoles la ley antiterrorista", expresó el SERPAJ mediante un comunicado. Señala así mismo que la acción se efectuó contra "ciudadanos que defienden sus derechos a la vida, al agua libre de contaminación, a un ambiente sano y a sus territorios". ComAmbiental notificó ante las abogadas de los asambleístas que fueron nueve las personas detenidas el viernes 27.
Ante esta situación, el organismo presidido por Pérez Esquivel "repudió enérgicamente" la actuación del fiscal, así como "exigió" a las autoridades que "se revea la imputación del delito, se garantice su seguridad y se respeten sus derechos constitucionales". El comunicado concluye en tono crítico, que frente a estos hechos "se renuncia a la Soberanía nacional en beneficio del capital extranjero, sin tener en cuenta las necesidades y los deseos de los pobladores a una vida digna en todo sentido".
Por su parte, en diálogo telefónico con ComAmbiental, el abogado Viale sumó el repudio de la AAdeAA a la actuación del fiscal Landivar. Y agregó que el caso demuestra una vez más "cómo los poderes judiciales -en este caso la fiscalía provincial- están al servicio de los negocios de las mineras, reafirmando lo que venimos diciendo que la minería no es solo un saqueo económico y ambiental sino también devastación institucional". En una línea similar se expresó el fiscal general de Tucumán Gustavo Gómez.

La noticia del uso de la Ley Antiterrorista en Catamarca fue publicada por primera vez por este medio en las primeras horas del sábado. Ya desde ese momento las abogadas que defienden a los ambientalistas denunciaron que se invocó el artículo 213 bis del Código Penal. El mismo alcanzó jurisdicción federal mediante la Ley Anti-Terrorista, algo necesario puesto que los cortes selectivos se realizan en la ruta nacional 40. Tanto el SERPAJ como la AAdeAA habían sido algunas de las organizaciones que rechazaron la sanción de esta Ley, ordenada por el GAFI.

Altercado en Mendoza. Hoy hubo una noticia que se relacionó equivocadamente con la Ley Anti-Terrorista. Sucedió cuando una psicóloga se encontró circunstancialmente con el gobernador de Mendoza, Paco Pérez. Ella le gritó: "¡Defendé los intereses de Mendoza, no de las mineras!". El político le respondió que "respete la investidura del gobernador". Según relató Diario Uno, la custodia se la llevó presa y la tuvieron demorada una hora en la comisaría, por acusarla de violar el artículo 49 E del Código de Faltas. 
Este último castiga a quienes "incitaren a las personas a reñir, las insultaren, amenazaren o las provocaren en cualquier forma, en lugares públicos". Un hecho repudiable, pero no comparable a la situación de los asambleístas en Catamarca, que sí están imputados por el artículo 213 bis del Código Penal. El mismo reprime a quien según el Poder Judicial: "tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación".

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ESCRACHE A LA ALUMBRERA

Sábado 11 de octubre: Ante la convocatoria de ASANOA se realizó una marcha por el centro de la ciudad. Se realizó un escrache en las puertas de las oficinas de Minera La Alumbrera en Tucumán. Nos sorprendió la adhesión del público que circulaba y se asombraba al enterarse de que La Alumbrera tenía oficinas allí. Luego de más de 40 minutos de cánticos y palabras de denuncia a cargo de los miembros de la asamblea presentes, dos representantes de ASANOA subieron al 6º piso, donde están las oficinas de la minera y entregaron simbólicamente la carta documento que se transcribe más abajo. Para culminar la movilización la asamblea decidió realizar también un escrache al diario La Gaceta de Tucumán, que queda a la vuelta del edificio donde está la minera. Ya que no vienieron a cubrir la nota, se la llevamos a su edificio. Luego de más de 20 minutos de escrache con cantos y palabras "alusivas" y un intento de represión por parte de la seguridad privada del diario, decidieron enviar un periodista a cubrir nuestras declaraciones. Cabe aclarar que este diario no se dignó a cubrir la nota del corte del paso a los camiones de 60 días en los Valles Calchaquíes, pero sí le dió generoso espacio a las declaraciones de los ejecutivos de la minera. (No sabemos qué publicarán, pero NOS DIMOS EL GUSTO DE ESCRACHARLOS) Por prescripción médica, aconsejamos a todas las asambleas realizar acciones similares. Ha sido demostrado que causa una enorme sensación de placer, cosa muy positiva para la salud. Saludos a todos Elizabeth Avila Norberto Costa ASANOA Destinatario Minera La Alumbrera Ltda. L.N.Alem 855 2º piso 1001 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires San Miguel de Tucumán, 11 de octubre de 2008 Sres. Minera Alumbrera Ltda.. Pte. -------Por la presente intimamos a Uds., a que en un plazo perentorio e improbable de 24 horas se abstenga de continuar con su ciclo de explotación, producción y depredación de nuestros recursos naturales. Actividad esta, que sólo trae desolación y desesperanza para los que habitamos estos suelos. Pasivo ambiental que también deben enfrentar las generaciones futuras sin ser arte ni parte.------------------------------------------------------- -------Su desprecio por la vida de los seres vivos y el ambiente, se plasma en una abierta violación a la legislación de fondo vigente. Lo que quedó demostrado con el procesamiento de Julian Rooney en su calidad de gerente comercial y legal y de asuntos corporativos y vicepresidente de la empresa Minera La Alumbrera Ltda.., por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051, así lo dijo la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en la causa "Gonzalez, Juan Antonio s/infracción a la ley 24.051" Expte. De Cámara Nº 47.958/2005. situación que se consumó en el canal de riego conocido como DP2, el mismo, desagua en el Embalse de Río Hondo, en la Provincia de Santiago del Estero.------------------------------------------------------------ -------Nuestra requisitoria tiene fundamento en el Derecho Natural, en el art. 41 de la Constitución Nacional, y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc- 12 CN).----------------------------------------------------------------------------- -------Hacemos reserva de iniciar las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan al caso.---------------------------------------------------------------------------- -------Están debidamente notificados e intimados.------------------------------------------- Remitente EL PUEBLO ARGENTINO

¿Te parecen útiles estas acciones de denuncia y escrache a las empresas contaminantes?

CONTAMINACION POLITICA: ASI SE GANAN LAS ELECCIONES





Tambien pueden ver la denuncia de Telenoche Investiga sobre las maniobras durante las elecciones en Formosa:
Parte 1: http://www.youtube.com/watch?v=S5kYrd85dWQ&NR=1
Parte 2: http://www.youtube.com/watch?v=_oodAA8EUkI&NR=1

Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas


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