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martes, 30 de marzo de 2010

LA CORPORACIÓN SOJERA EN LOS MEDIOS

RENACE
RED NACIONAL DE ACCION ECOLOGISTA de la Argentina
30 de marzo 2010
El sábado 27 de marzo de 2009 el diario La Nación, publicó un editorial titulado "Un fallo contra la soja". Se refiere al fallo de la Cámara de Apelaciones en la Civil y Comercial de Santa Fe, que dió lugar al amparo presentado por los vecinos, ordenando que no se fumigara a menos de 800 metros de las casa por vía terrestre, y a menos de 1500 metros por vía aérea.

El subtítulo del editorial es: "La prohibición de emplear el glifosato en una zona de Santa Fé carece de base científica y perjudica a los productores"

El editorial contiene muchas expresiones que faltan a la verdad, y no tiene en cuenta la insustentabilidad ambiental, social y económica del sistema transgénico de producción agraria. No digo que mienten, por que mentir es faltar a la verdad a sabiendas, lo que no me consta, pero es muy posible que los que escribieron el artículo también mientan.

En primer lugar el fallo de la Cámara tiene toda la base científica que necesita, y aplica el principio de precaución, sustentado en documentos internacionales y legislado en la ley 25.675, denominada “Ley General del ambiente”, que en su artículo 4º dice:

Principio precautorio: Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente.

Lo que el fallo de la Cámara dice es que hay numerosas investigaciones independientes que asocian a los agroquímicos a daños y riesgos a la salud, y que antes de seguir fumigándolos hay que demostrar que no lo producen esos daños. E invierte la carga de la prueba, ordenándole a la Provincia que lo demuestre, eximiendo a los vecinos de demostrar los daños padecidos, ya que no están en condiciones de hacerlo.

En segundo lugar, el fallo no es en contra de la fumigación con glifosato, sino de todas las fumigaciones. El glifosato no se fumiga como tal, sino en formulados que lo combinan con otras sustancias que potencian su toxicidad. Por lo que las categorizaciones toxicológicas del glifosato no tienen sentido. Tampoco lo tiene decir que el glifosato es inocuo, más allá de que esto no esté demostrado.

En tercer lugar, señala que la virtud del glifosato es destruir todas las malezas sin afectar la soja, el maíz y el algodón; sin señalar que genera un desierto de biodiversidad por un lado, y por el otro induce la aparición de supermalezas resistentes, para eliminar las cuales hay que fumigar cada vez mayor cantidad de agroquímicos. Además, tanto el algodón como la soja transgénica tienen como finalidad principal la lucha contra insectos, y no la resistencia al glifosato.

En cuarto lugar el editorial engaña o miente cuando dice que un Consejo de Expertos del Conicet hizo saber que el herbicida utilizado bajo las normas establecidas, no acarrea riesgos para la salud humana. El trabajo a que hace referencia este comentario, termina sus conclusiones diciendo:

Aunque existen estudios para evaluar los impactos del glifosato en las especies no blanco, la mayoría de ellos no considera importantes aspectos ecológicos. Entre ellos, los impactos indirectos, los acumulativos, los de largo plazo, ni las reacciones sinérgicas que el agroquímico puede tener en el ecosistema y en las redes tróficas.

En Argentina no existen suficientes datos sobre los efectos del glifosato en la salud humana, por lo cual sería importante promover la realización de los estudios pertinentes.

También es espurio el ataque contra Andrés Carrasco, sin nombrarlo, ya que en ningún momento invalidan sus investigaciones. Sino que los ataques se refieren a lo poco ético de publicar un trabajo preliminar, cuando en realidad lo poco ético hubiera sido no publicarlo, dados los resultado obtenidos sobre los daños que causa el glifosato.

Finalmente, manifiesta que de extenderse las prohibiciones, “perderán los propietarios de las tierras vecinas de los pueblos por la desvalorización que sufrirán sus campos, perderá la cadena productiva, el propio gobierno y la sociedad toda.”.Engaña aquí nuevamente el editorial, ya que sólo perderán los que cultivan utilizando pesticidas; esas tierras se podrán recuperar para la variedad productiva, como por ejemplo, con huertas y tambos, y para recuperar soberanía alimentaria. No perderá la sociedad, ya que ganará en salud, en calidad de vida, en sostenibilidad ambiental, social y económica.

El editorial de La Nación pretende sembrar confusión en sus lectores, faltando a la verdad u ocultando información, tanto de sobre los conceptos como de los datos que proporciona, abusando de su posición periodística dominante.

Ing. Claudio Lowy

ecolowy@yahoo.com.ar

(011) 15 6467 5187

www.renace.net

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Sábado 11 de octubre: Ante la convocatoria de ASANOA se realizó una marcha por el centro de la ciudad. Se realizó un escrache en las puertas de las oficinas de Minera La Alumbrera en Tucumán. Nos sorprendió la adhesión del público que circulaba y se asombraba al enterarse de que La Alumbrera tenía oficinas allí. Luego de más de 40 minutos de cánticos y palabras de denuncia a cargo de los miembros de la asamblea presentes, dos representantes de ASANOA subieron al 6º piso, donde están las oficinas de la minera y entregaron simbólicamente la carta documento que se transcribe más abajo. Para culminar la movilización la asamblea decidió realizar también un escrache al diario La Gaceta de Tucumán, que queda a la vuelta del edificio donde está la minera. Ya que no vienieron a cubrir la nota, se la llevamos a su edificio. Luego de más de 20 minutos de escrache con cantos y palabras "alusivas" y un intento de represión por parte de la seguridad privada del diario, decidieron enviar un periodista a cubrir nuestras declaraciones. Cabe aclarar que este diario no se dignó a cubrir la nota del corte del paso a los camiones de 60 días en los Valles Calchaquíes, pero sí le dió generoso espacio a las declaraciones de los ejecutivos de la minera. (No sabemos qué publicarán, pero NOS DIMOS EL GUSTO DE ESCRACHARLOS) Por prescripción médica, aconsejamos a todas las asambleas realizar acciones similares. Ha sido demostrado que causa una enorme sensación de placer, cosa muy positiva para la salud. Saludos a todos Elizabeth Avila Norberto Costa ASANOA Destinatario Minera La Alumbrera Ltda. L.N.Alem 855 2º piso 1001 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires San Miguel de Tucumán, 11 de octubre de 2008 Sres. Minera Alumbrera Ltda.. Pte. -------Por la presente intimamos a Uds., a que en un plazo perentorio e improbable de 24 horas se abstenga de continuar con su ciclo de explotación, producción y depredación de nuestros recursos naturales. Actividad esta, que sólo trae desolación y desesperanza para los que habitamos estos suelos. Pasivo ambiental que también deben enfrentar las generaciones futuras sin ser arte ni parte.------------------------------------------------------- -------Su desprecio por la vida de los seres vivos y el ambiente, se plasma en una abierta violación a la legislación de fondo vigente. Lo que quedó demostrado con el procesamiento de Julian Rooney en su calidad de gerente comercial y legal y de asuntos corporativos y vicepresidente de la empresa Minera La Alumbrera Ltda.., por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051, así lo dijo la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en la causa "Gonzalez, Juan Antonio s/infracción a la ley 24.051" Expte. De Cámara Nº 47.958/2005. situación que se consumó en el canal de riego conocido como DP2, el mismo, desagua en el Embalse de Río Hondo, en la Provincia de Santiago del Estero.------------------------------------------------------------ -------Nuestra requisitoria tiene fundamento en el Derecho Natural, en el art. 41 de la Constitución Nacional, y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc- 12 CN).----------------------------------------------------------------------------- -------Hacemos reserva de iniciar las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan al caso.---------------------------------------------------------------------------- -------Están debidamente notificados e intimados.------------------------------------------- Remitente EL PUEBLO ARGENTINO

¿Te parecen útiles estas acciones de denuncia y escrache a las empresas contaminantes?

CONTAMINACION POLITICA: ASI SE GANAN LAS ELECCIONES





Tambien pueden ver la denuncia de Telenoche Investiga sobre las maniobras durante las elecciones en Formosa:
Parte 1: http://www.youtube.com/watch?v=S5kYrd85dWQ&NR=1
Parte 2: http://www.youtube.com/watch?v=_oodAA8EUkI&NR=1

Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas


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