Sr. Juez Federal Marcelo Martinez Giorgi
De mi mayor consideración:
En conocimiento de que en el Juzgado de su titularidad se encuentra abierta una investigación penal en relación con el veto presidencial respecto de la Ley 26.418 de Protección de glaciares y ambiente periglacial, donde se investiga si funcionarios y/o legisladores obraron de acuerdo al interés de determinada empresa multinacional, adjuntamos un documento titulado “PASCUA-LAMA: FUNCIONARIOS AL SERVICIO DE UNA TRANSNACIONAL.” que hemos elaborado juntamente con Javier Llorens en el convencimiento de que constituye un aporte para el esclarecimiento de graves hechos que lesionan el interés nacional.
Hacemos este aporte en el convencimiento de la necesidad de profundizar y ampliar la investigación en curso. Entendemos que la investigación debe alcanzar a la base jurídica misma de este emprendimiento: el Tratado de Integración Minero entre Argentina y Chile, los acuerdos alcanzados en relación al emprendimiento Pascua-Lama y otras normas dictadas en relación al negocio minero, hasta llegar al mencionado veto de la ley de protección de glaciares.
Estos acuerdos y normas han sido diseñados en función de los intereses de la multinacional y causarán una gravísima lesión a los intereses nacionales. En Pascua-Lama la Argentina –supuestamente como se verá- provee una parte muy menor del mineral, pero provee la totalidad del agua, el peligrosísimo reservorio para residuos, y además eventualmente, la energía. Pero como absurda contrapatida nuestro país renuncia casi enteramente al cobro de derechos de exportación y otros tributos. Por si fuera poco permite además que la totalidad de las divisas obtenidas se liquiden fuera del país.
Gravísimo como defraudación al patrimonio nacional.
Todo esto ha sido posible como producto de negociaciones secretas por parte de funcionarios, que no explican las razones de tan desproporcionado y desequilibrado negocio en contra de los intereses argentinos. Ni rinden cuentas de sus actos, por los cuales conceden “sumisiones o supremacías” por las que las fortunas o sea los recursos naturales de los argentinos quedan a merced de personas, países o empresas extranjeras. Se agrede el concepto republicano que es central en nuestra Constitución Nacional, máxime al advertir que no conocemos que se haya dictado acto administrativo alguno que legitime el creciente secreto con el cual, en los temas centrales de nuestro país, se mueven los funcionarios indirectamente electos por el soberano: el pueblo, es decir, el sujeto al que alude el art. 33 de la Constitución Nacional.
La complicidad de funcionarios con el negocio de la Barrick, no solo ha sido el hacer, sino también el NO hacer. Como así lo señala el DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION en la Resolución N° 39/07 del 4/6/2007: “Que es sumamente llamativo, pero INJUSTIFICABLE, que ninguna ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental haya sido reglamentada integralmente, ni puesta en vigencia por ninguna de las autoridades ambientales de la Nación ni de las provincias ni de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.” No estamos sólo, pues, en el área de VIOLACIÓN DE DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO (art. 248 del Código Penal), ya que a través de dicha violación se materializa la figura de la Administración fraudulenta (art. 174 inc. 5º del Código Penal)
Sin otro particular lo saludamos a V.S. atentamente.
Ricardo Monner Sans Mario Cafiero
Ciudadano argentino Ciudadano argentino
Presidente de la Asociación Civil Anticorrupción Ex Diputado Nacional
Abogado Ingeniero Industrial
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