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viernes, 27 de julio de 2012

Disruptores endocrinos, actuemos ya




Daphnia


Cada semana aparecen en los medios de comunicación y en medios especializados nuevos estudios científicos que reafirman la grave amenaza que supone para la salud humana y el medio ambiente la exposición a disruptores endocrinos (EDC), sustancias que alteran el sistema hormonal, y la necesidad de tomar medidas urgentes para reducir esta exposición.
A finales de febrero la Comisión Europea publicó un informe que recopila el conocimiento científico existente sobre los efectos de los disruptores endocrinos y revisa la capacidad de la normativa en vigor para proteger a la salud humana y al medio ambiente.
Los daños a la salud ocasionados por la exposición a EDC incluyen:
  • Daños al sistema reproductor masculino: criptorquidia, hipospadias, y reducción de la calidad del semen.
  • Daños al sistema reproductor femenino: pubertad precoz, reducción de la fecundidad, abortos espontáneos, síndrome de ovarios poliquísticos, endometriosis y fibroides uterinos, partos prematuros y bajo peso al nacer, daños congénitos.
  • Cánceres en órganos hormono-dependientes: cáncer de mama, de próstata, de testículos y de tiroides.
  • Daños al sistema neurológico
  • Enfermedades metabólicas: síndrome metabólico, diabetes y obesidad
  • Desórdenes del sistema neuroinmunológico: síndrome de fatiga crónica (SFC), fibromialgia, y esclerosis múltple (MS)
Los daños al medio ambiente incluyen:
  • Invertebrados: inducción de imposex (desarrollo de órganos sexuales masculinos en individuos femeninos provocando su esterilidad) e intersex (presentar características masculinas y femeninas a la vez); mortalidad de larvas, inhibición de la metamorfosis y reducción de capacidad reproductora).
  • Peces: inducción de intersex, alteración de ratios de sexos, anormalidades tiroideas, cambios en comportamiento sexual.
  • Anfibios: inducción de intersex y de masculinización, cambios en comportamiento sexual, alteración de la metamorfosis, alteración de niveles de hormonas tiroideas y de la función tiroidea.
  • Reptiles: alteración de ratios de sexos y daños al sistema reproductor.
  • Aves: alteración de ratios de sexos, malformación de órganos sexuales, reducción de la fertilidad, cambios en comportamientos reproductivos, daños al desarrollo huevos.
  • Mamíferos: daños al sistema reproductor, desórdenes del tiroides, lesiones en glándulas suprarrenales.
Por otra parte, los disruptores endocrinos presentan características toxicológicas particulares que hacen que los sistemas de prevención y control tradicionales, en vigor en la normativa europea, sean ineficaces para evitar los daños causados por la exposición a estas sustancias.
Así, los EDC se caracterizan por actuar a dosis extremadamente bajas; por ser diferentes los efectos y su gravedad según el momento de la exposición, siendo periodos de especial vulnerabilidad el desarrollo embrionario y fetal; por no presentar una curva lineal dosis respuesta (esto es, pueden presentar efectos dañinos a dosis muy bajas que no presentan a dosis más altas) y, por tanto, no presentar umbrales de exposición seguros.
imagen1
Los EDC están presentes, entre otros, en plaguicidas y biocidas (por ejemplo, piretrinas, clorpirifos), plásticos ( BPA en policarbonato, ftalatos en PVC, estireno en poliestireno, antimonioen PET), resinas (BPA en resinas epoxi), cosméticos (parabenos), juguetes (ftalatos), etc.
Miles de trabajadores están expuestos en sus puestos de trabajo a estas sustancias tan preocupantes y todos los ciudadanos estamos expuestos a través de los alimentos con restos de plaguicidas y del uso de los productos y artículos que los contienen. Se puede consultar una lista detallada de EDC en RISCTOX.
Por todo ello, es necesario que las autoridades españolas no dilaten más la toma de medidas para reducir la exposición. Entre otras actuaciones pueden:
  • Apoyar la adopción urgente de una definición y de criterios de identificación de EDC en Europa que garanticen la inclusión de todas las sustancias con capacidad de alterar el sistema endocrino y tengan en cuenta sus singularidades toxicológicas.
  • Apoyar la inclusión de objetivos y plazos concretos para eliminar EDC en el 7º Plan de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente.
  • Incluir los EDC como sustancias de riesgo en la normativa laboral, con consideración similar a los cancerígenos y mutágenos.
  • Prohibir los productos y artículos destinados a niños y embarazadas y los envases alimentarios que contengan EDC.
  • Prohibir los ingredientes activos de plaguicidas y biocidas con capacidad de alterar el sistema hormonal.
  • Proporcionar a ciudadanos, trabajadores y profesionales información sobre vías de exposición a EDCsy cómo evitarlas.
Se pueden encontrar recomendaciones para reducir la exposición a disruptores endocrinos en el ámbito laboral y en los hogares en la sección sobre disruptores endocrinos de la web de ISTAS
Dolores Roman es Coordinadora del Área de Riesgo Químico de ISTAS
Fuente: http://www.daphnia.es/revista/57/articulo/1151


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Centro Ecologista Renacer
Villa Constitución- Santa Fe

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ESCRACHE A LA ALUMBRERA

Sábado 11 de octubre: Ante la convocatoria de ASANOA se realizó una marcha por el centro de la ciudad. Se realizó un escrache en las puertas de las oficinas de Minera La Alumbrera en Tucumán. Nos sorprendió la adhesión del público que circulaba y se asombraba al enterarse de que La Alumbrera tenía oficinas allí. Luego de más de 40 minutos de cánticos y palabras de denuncia a cargo de los miembros de la asamblea presentes, dos representantes de ASANOA subieron al 6º piso, donde están las oficinas de la minera y entregaron simbólicamente la carta documento que se transcribe más abajo. Para culminar la movilización la asamblea decidió realizar también un escrache al diario La Gaceta de Tucumán, que queda a la vuelta del edificio donde está la minera. Ya que no vienieron a cubrir la nota, se la llevamos a su edificio. Luego de más de 20 minutos de escrache con cantos y palabras "alusivas" y un intento de represión por parte de la seguridad privada del diario, decidieron enviar un periodista a cubrir nuestras declaraciones. Cabe aclarar que este diario no se dignó a cubrir la nota del corte del paso a los camiones de 60 días en los Valles Calchaquíes, pero sí le dió generoso espacio a las declaraciones de los ejecutivos de la minera. (No sabemos qué publicarán, pero NOS DIMOS EL GUSTO DE ESCRACHARLOS) Por prescripción médica, aconsejamos a todas las asambleas realizar acciones similares. Ha sido demostrado que causa una enorme sensación de placer, cosa muy positiva para la salud. Saludos a todos Elizabeth Avila Norberto Costa ASANOA Destinatario Minera La Alumbrera Ltda. L.N.Alem 855 2º piso 1001 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires San Miguel de Tucumán, 11 de octubre de 2008 Sres. Minera Alumbrera Ltda.. Pte. -------Por la presente intimamos a Uds., a que en un plazo perentorio e improbable de 24 horas se abstenga de continuar con su ciclo de explotación, producción y depredación de nuestros recursos naturales. Actividad esta, que sólo trae desolación y desesperanza para los que habitamos estos suelos. Pasivo ambiental que también deben enfrentar las generaciones futuras sin ser arte ni parte.------------------------------------------------------- -------Su desprecio por la vida de los seres vivos y el ambiente, se plasma en una abierta violación a la legislación de fondo vigente. Lo que quedó demostrado con el procesamiento de Julian Rooney en su calidad de gerente comercial y legal y de asuntos corporativos y vicepresidente de la empresa Minera La Alumbrera Ltda.., por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051, así lo dijo la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en la causa "Gonzalez, Juan Antonio s/infracción a la ley 24.051" Expte. De Cámara Nº 47.958/2005. situación que se consumó en el canal de riego conocido como DP2, el mismo, desagua en el Embalse de Río Hondo, en la Provincia de Santiago del Estero.------------------------------------------------------------ -------Nuestra requisitoria tiene fundamento en el Derecho Natural, en el art. 41 de la Constitución Nacional, y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc- 12 CN).----------------------------------------------------------------------------- -------Hacemos reserva de iniciar las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan al caso.---------------------------------------------------------------------------- -------Están debidamente notificados e intimados.------------------------------------------- Remitente EL PUEBLO ARGENTINO

¿Te parecen útiles estas acciones de denuncia y escrache a las empresas contaminantes?

CONTAMINACION POLITICA: ASI SE GANAN LAS ELECCIONES





Tambien pueden ver la denuncia de Telenoche Investiga sobre las maniobras durante las elecciones en Formosa:
Parte 1: http://www.youtube.com/watch?v=S5kYrd85dWQ&NR=1
Parte 2: http://www.youtube.com/watch?v=_oodAA8EUkI&NR=1

Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas


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