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jueves, 5 de abril de 2012

Unión de Asambleas Patagónicas realizó segundo encuentro contra la destrucción territorial, saqueo y contaminación

El plenario de la Unión de Asambleas Patagónicas, en su segundo
encuentro
realizado en la localidad de Ing. Jacobacci, los 31 días del mes de
marzo y
1° de abril de 2012, resolvió, a través de las Asambleas que lo
componen:

    El presente plenario de Ingeniero Jacobacci decidió:

1 – Expresar el rechazo absoluto del uso del agua para explotaciones
de
minería metalífera a gran escala, con sustancias tóxicas en cualquiera
de
sus procesos, en tanto el acceso a la misma constituye un derecho
humano
esencial de carácter universal,  y es obligación del Estado la de
conservar
las fuentes y garantizar la salubridad del recurso hídrico.

2 – Elevar al Departamento Provincial de Agua con sede en Viedma,
capital
de Río Negro, el rechazo por la adjudicación de 51.600 m3 de agua, en
su
etapa de exploración,  a favor de la minera que intenta operar la
explotación de los yacimientos de oro de Calcatreu.

3 – Exigir a los gobiernos nacional, provincial y municipales que den
respuestas  a los  constantes reclamos llevados adelante por los
pueblos
originarios, ya que las mega mineras están vaciando sus territorios, y
pretenden  expulsarlos de los mismos. Deberá darse fiel cumplimiento a
las
leyes vigentes en materia de derecho indígena en donde se regula la
obligación del estado de  obtener el consentimiento libre, previo e
informado y el derecho de los pueblos Originarios a que se respeten
sus
propias prioridades en sus procesos de desarrollo.

4 – Propiciar  un modelo productivo propio, que tienda a la
repoblación de
los campos y permanencia de los actuales pobladores y comunidades
originarias,  para lograr el mayor valor agregado local de los bienes
naturales comunes.

5 – Exigir la derogación de la ley nacional N° 26734 (Ley
antiterrorista),
fundamento legal para la brutal represión ejercida contra los
asambleístas
de Famatina, Tinogasta, Belén, Andalgalá, y Amaicha del Valle, como
así
también el atropello por los desalojos cometidos en Cuesta del
Ternero,
Bolsón.

6 – Exigir la derogación de la Ley Provincial de Río Negro Q 4738 y la
restitución de la Ley Q 3981, que prohibía la utilización,
almacenamiento y
transporte de cianuro, mercurio y otras sustancias contaminantes  en
el
territorio provincial.

7 – Acompañar los reclamos de las hermanas comunidades de Aysén y
Pilmaiquén, República de Chile.

8 - Denunciar la intimidación presión y amenaza que sufren los
pobladores
de los territorios donde hay intereses mineros e inmobiliarios.

9- Exigir la remediación o restitución ambiental de los territorios
donde
se llevo a cabo el sistema extractivo perverso denunciado en este
documento.

10 – Ratificar el documento suscripto en el encuentro fundacional de
la
Unión de  asamblea Patagónica realizado el 4 y 5 de Febrero en la
Comarca
Andina, Lago Pueblo




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ESCRACHE A LA ALUMBRERA

Sábado 11 de octubre: Ante la convocatoria de ASANOA se realizó una marcha por el centro de la ciudad. Se realizó un escrache en las puertas de las oficinas de Minera La Alumbrera en Tucumán. Nos sorprendió la adhesión del público que circulaba y se asombraba al enterarse de que La Alumbrera tenía oficinas allí. Luego de más de 40 minutos de cánticos y palabras de denuncia a cargo de los miembros de la asamblea presentes, dos representantes de ASANOA subieron al 6º piso, donde están las oficinas de la minera y entregaron simbólicamente la carta documento que se transcribe más abajo. Para culminar la movilización la asamblea decidió realizar también un escrache al diario La Gaceta de Tucumán, que queda a la vuelta del edificio donde está la minera. Ya que no vienieron a cubrir la nota, se la llevamos a su edificio. Luego de más de 20 minutos de escrache con cantos y palabras "alusivas" y un intento de represión por parte de la seguridad privada del diario, decidieron enviar un periodista a cubrir nuestras declaraciones. Cabe aclarar que este diario no se dignó a cubrir la nota del corte del paso a los camiones de 60 días en los Valles Calchaquíes, pero sí le dió generoso espacio a las declaraciones de los ejecutivos de la minera. (No sabemos qué publicarán, pero NOS DIMOS EL GUSTO DE ESCRACHARLOS) Por prescripción médica, aconsejamos a todas las asambleas realizar acciones similares. Ha sido demostrado que causa una enorme sensación de placer, cosa muy positiva para la salud. Saludos a todos Elizabeth Avila Norberto Costa ASANOA Destinatario Minera La Alumbrera Ltda. L.N.Alem 855 2º piso 1001 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires San Miguel de Tucumán, 11 de octubre de 2008 Sres. Minera Alumbrera Ltda.. Pte. -------Por la presente intimamos a Uds., a que en un plazo perentorio e improbable de 24 horas se abstenga de continuar con su ciclo de explotación, producción y depredación de nuestros recursos naturales. Actividad esta, que sólo trae desolación y desesperanza para los que habitamos estos suelos. Pasivo ambiental que también deben enfrentar las generaciones futuras sin ser arte ni parte.------------------------------------------------------- -------Su desprecio por la vida de los seres vivos y el ambiente, se plasma en una abierta violación a la legislación de fondo vigente. Lo que quedó demostrado con el procesamiento de Julian Rooney en su calidad de gerente comercial y legal y de asuntos corporativos y vicepresidente de la empresa Minera La Alumbrera Ltda.., por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051, así lo dijo la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en la causa "Gonzalez, Juan Antonio s/infracción a la ley 24.051" Expte. De Cámara Nº 47.958/2005. situación que se consumó en el canal de riego conocido como DP2, el mismo, desagua en el Embalse de Río Hondo, en la Provincia de Santiago del Estero.------------------------------------------------------------ -------Nuestra requisitoria tiene fundamento en el Derecho Natural, en el art. 41 de la Constitución Nacional, y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc- 12 CN).----------------------------------------------------------------------------- -------Hacemos reserva de iniciar las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan al caso.---------------------------------------------------------------------------- -------Están debidamente notificados e intimados.------------------------------------------- Remitente EL PUEBLO ARGENTINO

¿Te parecen útiles estas acciones de denuncia y escrache a las empresas contaminantes?

CONTAMINACION POLITICA: ASI SE GANAN LAS ELECCIONES





Tambien pueden ver la denuncia de Telenoche Investiga sobre las maniobras durante las elecciones en Formosa:
Parte 1: http://www.youtube.com/watch?v=S5kYrd85dWQ&NR=1
Parte 2: http://www.youtube.com/watch?v=_oodAA8EUkI&NR=1

Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas


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