La AFIP la suspendió en el registro de operadores de granos
Con la lupa sobre Monsanto
El organismo no dio detalles. Sólo trascendió que realizó una fiscalización en la firma y ahora le reclama una deuda por impuestos mal liquidados oportunamente, aunque ni siquiera se informó el monto.
La medida supone la pérdida de alícuotas diferenciales de retenciones.
La AFIP suspendió ayer a la multinacional Monsanto en el registro de operadores del mercado de granos. La sanción fue publicada en el Boletín Oficial sin mencionar las causas que la motivaron. Sólo trascendió que el organismo recaudador realizó una fiscalización en la firma y ahora le reclama una deuda por impuestos mal liquidados oportunamente, aunque ni siquiera se informó el monto. La multinacional respondió a través de un comunicado que todavía no había sido notificada, pero ratificó su “cumplimiento estricto de toda la reglamentación impositiva de los países donde opera” y agregó que pone a disposición de las autoridades “toda la información que sea requerida”.
La resolución 2300 del organismo, publicada en el Boletín Oficial, funda la medida en el artículo 40, inciso B, anexo VI, inciso B, punto 13 del régimen de retenciones del Impuesto al Valor Agregado para la comercialización de granos y legumbres secas. El artículo 40 prevé la posibilidad de disponer la suspensión transitoria de los responsables incluidos en el registro, cuando se verifique un conjunto de situaciones que ameritan una medida de ese tipo. El anexo mencionado en la resolución contempla la suspensión en dicho registro fiscal de los operadores que incurran en “incorrecta conducta fiscal”. El inciso B del anexo alude en forma concreta a los “controles objetivos practicados en verificaciones y/o fiscalizaciones”. El punto 13, específicamente, incluye como causal de suspensión del registro de operadores los “Ajustes de fiscalización relevantes”, ya sean “no conformados” como “conformados no regularizados o no ingresados”. La norma del organismo recaudador lleva la firma del titular interino de la Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada de la AFIP, Alfredo Samperi.La medida limita el uso de cartas de porte (permisos de transporte de granos a puerto) y supone la pérdida de alícuotas diferenciales de retenciones. Si la firma no regulariza su situación, corre el riesgo de quedar excluida del registro, lo que implicaría la inhabilitación para seguir exportando.
No es la primera vez que la AFIP toma una medida de estas características. En febrero del año pasado suspendió a Nidera también al hallar diferencias significativas en el pago de impuestos. En marzo de ese mismo año además sancionó a Cargill, ADM, Alfred C Toepfer, Louis Dreyfus Argentina, Bunge Argentina y Oleaginosa Moreno. La AFIP las denunció entonces por “triangulaciones nocivas, utilizar paraísos fiscales y registrar maniobras financieras con el exterior”. Se las acusó de llevar adelante una intermediación o tercerización de las operaciones de exportación a través de paraísos fiscales o países sin convenio de intercambio de información con Argentina. El propósito de esos “pases” del producto antes de llegar a su destino final era la subfacturación de la exportación para evadir las cargas tributarias correspondientes.
En el caso de Bunge, también se la sancionó por la utilización de facturas apócrifas. La empresa apeló a la Justicia, pero el 8 de abril un juzgado federal de Villa María rechazó el pedido con el argumento de que la exclusión del registro era coherente con el principio de que las actuaciones administrativas gozan de presunción de legitimidad.
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