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viernes, 9 de septiembre de 2011

Derechos humanos hoy: Control social, criminalización y juicios contra luchadores populares



El control social ejercido sobre reclamos de inclusión, realizados por desocupados agrupados en organizaciones con fines sociales, es controlado desde estado y garantizado en su ejecución por el poder judicial, que los lleva a juicios, intimidándolos y oprimiendo derechos, imputando, procesando y condenando a los actores sociales que piden por trabajo, salud y educación. Con este control, se efectiviza impunemente el quebrantamiento de derechos garantizados, que son degradados y negados por quines deberían avalarlos, respetarlos y cumplirlos, dándole la categoría de delincuentes, aplicándoles el Código Procesal Penal, modificado por el poder Legislativo, para acelerar el proceso de condena, para quines se organizan en la lucha de estos derechos humanos.

Desde el gobierno provincial, se desenmarañó esté análisis, con la implementación del Plan de contingencia establecido como Tolerancia Cero, cuyo fin, como he analizado en otros artículos, tiene como objetivo brindar seguridad jurídica a empresa multinacionales petroleras que operan en el Departamento San Martín, que posee los mayores índices de desocupación, desnutrición y desigualdad social de la provincia de Salta.
Este plan, efectiviza la contención en terreno ejercida por la policía, que opera con un protocolo, guía, que la faculta a reprimir las protestas sociales, de forma preventiva, sin intervención judicial, para evitar lo que estos conciben como un delito, sofocando el derecho a la protesta garantizado por la Constitución Nacional. De esta forma, el ejecutivo evade su responsabilidad de garantizar calidad de vida, desde ya deteriorada en las zonas donde se presentan los pedidos de inclusión, estableciendo que estos compatriotas son quebrantadores del orden público, y no el estado que excluye, aplicando políticas neoliberales, que enriquecen a grupos corporativos, multinacionales y empobrecen a la población. Esta idea, de contención de delitos, se convalida con la intervención de los medios de comunicación a fines al gobierno, y a las corporaciones petroleras, reafirmando el discurso, que recae en los desocupados, en su categoría de piqueteros delincuentes, en desmedro de las luchas populares, afirmando esta idea en el imaginario colectivo.
La distribución de las riquezas el eje de la discusión
Es así, como se traslada el eje de la discusión social, las riquezas naturales, como el petróleo, el gas, se extraen, y se saquean en la argentina, las ganancias de estos recursos no renovables se reparten en grupos concentrados ya históricos en la argentina, beneficiados en dictadura como en democracia. El estado solo percibe el 15 % de las ganancias, quedando el 85 % para multinacionales petroleras. Mientras el pueblo, cada vez tiene más necesidades insatisfechas, enfermedades de la pobreza ya erradicadas como la desnutrición, se presentan nuevamente, el hacinamiento está en aumento ante el difícil habitacional.
La concentración y apropiación de tierras ante el avance la frontera agroforestal, en especial la soja, expulsa a comunidades originarias, como a criollos, agrupándolos en bolsones de pobreza en las periferias de las principales ciudades de la zona, siendo el asistencialismo, la solución brindada por el estado provincial y nacional.
La distribución de las riquezas es el verdadero el eje de esta discusión, de ser equitativa, los piqueteros, desocupados, disfrutarían de un trabajo genuino, y no bloquearían rutas, y el Código Procesal Penal seria aplicado en delincuentes y no en trabajadores hoy desocupados, habría mayor numero de familias constituidas y no desmembradas como acontece hoy, los niños indígenas dejarían de morir por desnutrición, las madres indígenas dejarían de fallecer de cáncer de útero. En Salta se registra el mayor índice de muertes del país por esta enfermedad, habría más médicos y hospitales por cantidad de habitantes, habría un real estado de bienestar en la sociedad organizada, una mayor calidad de vida. Pero para que esto suceda, los gobiernos deben tomar una decisión y revertir este modelo de fracaso, y de exclusión, que beneficia a un grupo histórico en desmedro de la mayoría.
No se acreditan los delitos denunciados
Los desocupados, son sometidos a encarcelamientos, la protesta social es criminalizada, solo basta que las empresas realicen denuncias, las que luego no podrán sostener en la justicia, por no tener estas sustentos jurídicos sobre lo acontecido, los denunciantes no se presentan en los juicios, que arbitrariamente son llevados a tal fin, a pesar de acreditar la defensa técnica de los desocupados, que las figuras invocadas no son aplicables, porque no fueron cometidas, tal como sucediera con el caso del luchador popular José “Pepino” Fernández, que quedo absuelto en dos causas, una por coacción y otra por turbación de la propiedad, como lo confirmó en esas causas, la Dra. Mara Puntano, que alego que “tampoco se acredita un indicio, menos aun con certeza sobre la turbación de propiedad, ya que el denunciante no acredita tener la posesión, propiedad del aeropuerto de Gral. Mosconi, y que por ello no se configura el delito”. Agregando: “Que por imperio del articulo 407 del Código Procesal Penal y el articulo cuarto sea declarado absuelto mi representado”.
Sobre estas causas imputadas a José “Pepino” Fernández, su defensora la Dra. Puntano, abogada de Derechos Humanos no gubernamental, y especialista en Derecho Indígena, había acreditado ya en la instrucción del expediente, que no había elementos jurídicos, ni siquiera indicios para proceder con el mismo, y que debía acreditarse la inocencia de Fernández, pero solo basto que un fiscal solicitara el pedido a juicio para seguir con las causas y llevarlo a Fernández a juicio oral y publico, lo que contradictoriamente fuera expuesto por el fiscal de turno Pablo Cabot durante su alegato en el juicio, a “Pepino” Fernández, por solicitar la absolución de este por no haberse acreditado los delitos invocados, tal como lo solicitara la abogada Mara Puntano, durante la instrucción del expediente y reafirmara durante el juicio.
Triunfo político y jurídico
Sin lugar a dudas, la absolución e inocencia en el juicio llevado contra el luchador popular y ambientalista de la Unión de Trabajadores Desocupados de Gral. Mosconi, José “Pepino” Fernández, marca un antes y un después en la lucha jurídica en causas sociales, criminalizadas por el estado, refirmándose como instrumento de lucha, por la jurisprudencia y antecedentes que deja para la defensa de miles de luchadores que serán sometidos a juicios por reclamos sociales. Pero fundamentalmente, se enmarca dentro de un triunfo político y su alegato por establecer sobre el marco de la ley, la situación de necesidad que conlleva a los excluidos a tomar medidas para romper la invisibilidad y que estas no deben ser interpretadas como delito, sino como una situación de necesidad.
http://www.copenoa.com.ar/Derechos-humanos-hoy-Control.html

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ESCRACHE A LA ALUMBRERA

Sábado 11 de octubre: Ante la convocatoria de ASANOA se realizó una marcha por el centro de la ciudad. Se realizó un escrache en las puertas de las oficinas de Minera La Alumbrera en Tucumán. Nos sorprendió la adhesión del público que circulaba y se asombraba al enterarse de que La Alumbrera tenía oficinas allí. Luego de más de 40 minutos de cánticos y palabras de denuncia a cargo de los miembros de la asamblea presentes, dos representantes de ASANOA subieron al 6º piso, donde están las oficinas de la minera y entregaron simbólicamente la carta documento que se transcribe más abajo. Para culminar la movilización la asamblea decidió realizar también un escrache al diario La Gaceta de Tucumán, que queda a la vuelta del edificio donde está la minera. Ya que no vienieron a cubrir la nota, se la llevamos a su edificio. Luego de más de 20 minutos de escrache con cantos y palabras "alusivas" y un intento de represión por parte de la seguridad privada del diario, decidieron enviar un periodista a cubrir nuestras declaraciones. Cabe aclarar que este diario no se dignó a cubrir la nota del corte del paso a los camiones de 60 días en los Valles Calchaquíes, pero sí le dió generoso espacio a las declaraciones de los ejecutivos de la minera. (No sabemos qué publicarán, pero NOS DIMOS EL GUSTO DE ESCRACHARLOS) Por prescripción médica, aconsejamos a todas las asambleas realizar acciones similares. Ha sido demostrado que causa una enorme sensación de placer, cosa muy positiva para la salud. Saludos a todos Elizabeth Avila Norberto Costa ASANOA Destinatario Minera La Alumbrera Ltda. L.N.Alem 855 2º piso 1001 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires San Miguel de Tucumán, 11 de octubre de 2008 Sres. Minera Alumbrera Ltda.. Pte. -------Por la presente intimamos a Uds., a que en un plazo perentorio e improbable de 24 horas se abstenga de continuar con su ciclo de explotación, producción y depredación de nuestros recursos naturales. Actividad esta, que sólo trae desolación y desesperanza para los que habitamos estos suelos. Pasivo ambiental que también deben enfrentar las generaciones futuras sin ser arte ni parte.------------------------------------------------------- -------Su desprecio por la vida de los seres vivos y el ambiente, se plasma en una abierta violación a la legislación de fondo vigente. Lo que quedó demostrado con el procesamiento de Julian Rooney en su calidad de gerente comercial y legal y de asuntos corporativos y vicepresidente de la empresa Minera La Alumbrera Ltda.., por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051, así lo dijo la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en la causa "Gonzalez, Juan Antonio s/infracción a la ley 24.051" Expte. De Cámara Nº 47.958/2005. situación que se consumó en el canal de riego conocido como DP2, el mismo, desagua en el Embalse de Río Hondo, en la Provincia de Santiago del Estero.------------------------------------------------------------ -------Nuestra requisitoria tiene fundamento en el Derecho Natural, en el art. 41 de la Constitución Nacional, y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc- 12 CN).----------------------------------------------------------------------------- -------Hacemos reserva de iniciar las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan al caso.---------------------------------------------------------------------------- -------Están debidamente notificados e intimados.------------------------------------------- Remitente EL PUEBLO ARGENTINO

¿Te parecen útiles estas acciones de denuncia y escrache a las empresas contaminantes?

CONTAMINACION POLITICA: ASI SE GANAN LAS ELECCIONES





Tambien pueden ver la denuncia de Telenoche Investiga sobre las maniobras durante las elecciones en Formosa:
Parte 1: http://www.youtube.com/watch?v=S5kYrd85dWQ&NR=1
Parte 2: http://www.youtube.com/watch?v=_oodAA8EUkI&NR=1

Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas


¡Sumá aquí tu firma a este reclamo!