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domingo, 10 de julio de 2011

Esta minería no se puede controlar: Que se retiren. Queremos que se vayan

El por qué de la Ley de glaciares


JULIO DE 2010



El periodista Javier Rodríguez Pardo, integrante de la RENACE, nos ilustra sobre la importancia de la Ley de Protección de los Glaciares, y todo el camino que derivó en su aprobación. 


El por qué de la ley de protección de glaciares

¿Protege o encubre una actividad extractiva perversa?

ANTECEDENTES

Hemos conseguido una ley de protección de glaciares, impensada hasta ayer. La ley de la entonces diputada Marta Maffei, que había sido vetada por la presidente de la nación, Cristina Kirchner, reingresó al recinto de los debates parlamentarios de la mano del diputado Miguel Bonasso, presidente de la Comisión de Recursos Naturales, en tanto bloques opositores al oficialismo, formados con el ingreso de nuevos legisladores en diciembre de 2009, le quitaron mayoría en la cámara baja al partido gobernante.
En este marco hubo dos proyectos de ley: el encomendado por la presidente Fernández de Kirchner al senador Daniel Filmus y el "clonado" por el diputado Miguel Bonasso, sostenidos ambos por el texto de la diputada mandato cumplido Marta Maffei. Los dos eran semejantes y coincidían en esgrimir presupuestos mínimos para la protección de glaciares y del ambiente periglacial, aunque uno de ellos deslizaba conceptos sutiles que los enfrentaba. En el del senador, el ambiente periglacial era únicamente el glaciar de escombros y reducía considerablemente el área crítica a proteger que defendía el texto de los diputados.
De pronto, de manera sorpresiva, un par de días antes de la discusión en el recinto del Congreso, las partes se reúnen y el proyecto del poder ejecutivo es incorporado al que había sido vetado por la presidente de la nación, aún mejorado en cuanto a objeto, definiciones, actividades prohibidas, evaluación de impacto ambiental, autoridades competentes, funciones y disposición transitoria. Resultaba insólito para muchos de nosotros que, reunidos con los diputados, analizábamos la novedosa maniobra del gobierno. ¿Nueva estrategia para evitar la discusión minera? En principio, vemos los resultados como un triunfo del pueblo y de las comunidades organizadas en asambleas a lo largo y ancho del país.
No hubo legislador que, defendiendo el proyecto de ley en el fragor del debate en el recinto parlamentario, no hiciera referencia a las asambleas y a la unión de estas, a los foros, concentraciones y movilizaciones que permitieron instalar la discusión sobre las invasiones mineras, los métodos extractivos contaminantes y el despojo lacerante de cuanto recurso natural hay en nuestros territorios, en realidad bienes comunes. Vemos entonces la ulterior vigencia de esta ley como un triunfo resonante del campo popular. La cuestión de la mega minería hidroquímica a cielo abierto se instaló en todo el país.

LA LEY Y SUS ACTORES

Podemos dar por sancionada la ley en tanto el congresista Daniel Filmus confirmó que será apoyada por el senado nacional, y allí el oficialismo cuenta con mayoría parlamentaria. Al mismo tiempo el jefe de la bancada kirchnerista, Agustín Rossi, anunciaba la decisión de la presidente de la nación de no vetar la nueva ley sea cual fuere la remitida por el Congreso.
Ahora bien, ¿cómo debemos interpretar esto, qué conclusión sacamos de esta cronología política a poco del almuerzo que la presidente de la nación sostuvo con el mentor de la corporación minera Barrick Gold en Toronto? ¡Los acuerdos de Toronto! ¿Cómo explicar la abroquelada sociedad que este conjunto de partes interesadas mantiene con el gobernador sanjuanino José Luis Gioja? ¿Cómo se interpreta el discurso de la presidente en China, ofreciendo generosamente la minería, territorios y yacimientos?
Nuestra respuesta es la de siempre. Quien esto escribe ha dicho en reiteradas ocasiones que es preferible no contar con ley alguna, a disponer de aquella que legitimará operar en la Cordillera de los Andes -ecosistema frágil y fábrica de nuestras aguas- a industrias como la extractiva a cielo abierto con compuestos tóxicos.
Algunos pensamos que la mejor ley de protección de glaciares, cualquiera sea, no resuelve el impacto nocivo de la minería, la destrucción del ecosistema donde opera a través de sus distintas etapas de prospección, exploración o explotación. Alcanza con no pecar de ignorancia y repasar cada una de las etapas de esta minería, el método extractivo, los volúmenes de agua que requiere, el funcionamientos de equipos pesados, orugas gigantescas sobre cuerpos congelados, sondajes y muestreo de suelos, sondajes de aguas subterráneas, de prospección minera, pozos para desagüe minero, para geoenergía, exploración de recursos sobre las áreas que se pretende proteger. Son todas circunstancias previas a la propia explotación minera donde el impacto será aún mayor.

PARA ESTA MINERÍA NO HAY CONTROLES. NO HAY POSIBILIDAD DE VIGILANCIAS EFICACES

Este tipo de minería, en el ecosistema que se intenta proteger, no es sostenible en el tiempo y legislar sobre el particular, tal el caso presente, puede permitir legalizar la intervención de glaciares, del ambiente periglacial y cuerpos de hielo.

EL AGUA

Sabemos que mientras escribimos estas líneas se están derritiendo glaciares para lixiviar minerales del lado chileno, según confesión de senadores y autoridades de ese país, donde el cobre -de baja ley mineral, agotándose- recibe más atenciones que el agua, escasa y ausente en muchísimos sitios de la puna mineral. Sin agua, no hay minerales e, inexorablemente, al promediar este siglo estas regiones no tendrán ni una cosa ni la otra. Pretender el traslado del líquido potable, de pozos salteños de Argentina hacia La Escondida de Antofagasta, en Chile, con dos acueductos de 3.000 litros de agua por segundo, cada uno, ratifica lo que advertimos aquí: "Nosotros -dijo el congresista trasandino- no podemos sancionar la ley que ustedes pretenden... Tenemos que derretir masa glaciar para obtener el cobre..."
Razonar sobre esto es inevitable. ¿Acaso los gobiernos extractivistas de Argentina, cámaras mineras, empresas transnacionales, renuncian a operar del lado argentino, aceptando el rigor de esta inminente ley? Creemos que los posibles litigios rondarán interpretaciones legales según les convenga. Y seguramente abundarán en las secretarías de minería provinciales, que son la autoridad de aplicación de la actividad minera, evaluaciones permisivas de los informes de impacto ambiental, admitiendo la intervención en las áreas prohibidas, pero autorizando a tal o cual empresa con la sentencia de que su actividad "no afecta la condición natural del glaciar", ni el deambular por él "implica su destrucción", tampoco moverlo del lugar, porque para utilizar el agua que lo contiene no se requiere "trasladarlo ni interferir en su avance": rezarán los informes de las mineras.
Imaginamos entonces un diálogo posible entre un funcionario decente (con esta ley en la mano) y un gerente minero:
- Señor, Ud. está destruyendo "ese cuerpo protegido"
- De ninguna manera. Tomamos nieve suficiente sin afectar "su condición natural". No se me prohíbe intervenirlo; en realidad "no destruyo la condición natural del cuerpo protegido".
- Pero hizo sondajes.
- Sí, claro, en lugares donde no altero su condición natural... Tampoco lo trasladamos de lugar... No interferimos en su avance".
En fin, cosas que habrá que probar, porque estas discusiones legales se repetirán en provincias acostumbradas a conformar evaluaciones de impacto ambiental abusivas e injustas.
En otras palabras, mientras la autoridad de aplicación se halle en manos de los gobiernos provinciales, los Gioja, Beder Herrera o Castillo rubricarán los informes de impacto ambiental presentados por las empresas, aprobando sus labores mineras. ¿Acaso no multó la provincia de San Juan a Barrick Gold por derrame de combustibles en áreas a proteger, en plena reserva de biosfera de San Guillermo, condenando a la canadiense con 250.000 pesos, que nunca pagó?. Recordemos que es como el día y la noche, el informe de impacto ambiental aprobado para iniciar la actividad y la finalización de la explotación minera.
De modo que nos esperan otros objetivos urgentes. Reemplazar las leyes mineras vigentes, el código de minería y atacar decididamente el tratado binacional minero de implementació n conjunta chileno-argentino. Es la única manera de respaldar la ley de protección de glaciares y área periglacial. Vamos por más.
Eran las tres de la madrugada y en plena sesión del congreso nacional, algunos diputados provinciales gritaron desaforadamente: "los glaciares son míos, están en mi territorio". Otros recurrieron a dicotomías centralistas, intentando rememorar a federales y unitarios. No faltó la perturbación de un diputado sanjuanino que fundamentaba la escasez del agua explicando que había que hacer minería, ignorando que se requiere no menos de mil litros de este elemento impregnado de ácido sulfúrico o de cianuro para lixiviar las rocas metalíferas y deslizando con habilidad dolosa que se usa más agua para la agricultura que para la mega minería a cielo abierto.
Abundaron barbarismos de todo tipo y los proferidos por el diputado Gioja, hermano del gobernador feudal, eran los más relevantes: "El agua se limpia y se recicla en nuestra minería", dijo el proveedor de las mineras, y lo proclamó sin inmutarse. Hubiéramos deseado en ese momento que de algún sector de la contienda se le dijera que la propia transnacional informó (IIA) que consumirá 360 litros por segundo, noche y día, los 365 días del año durante 15 ó 20 años de explotación de los yacimientos. "Esa cantidad ¿la reciclan, la limpian? ¿dónde se deposita?"
Concluir que es preferible no contar con ley alguna significa entender que por sí sola esta norma legal se halla desamparada y bien puede ser utilizada con el argumento de que se hace minería conforme a la legislación vigente, refrendada por la provincia generalmente asociada a los intereses mineros.
Vale la pena recordar nuestra respuesta a los parlamentarios de Ottawa que habían tejido un proyecto de ley (C-300) convencidos de que controlarían a sus mineras en el extranjero:
- Usted las va a legitimar. Esta minería no se puede controlar -se le dijo.
- ¿Qué propone, entonces? me pregunta John Mac Kay.
- Que se retiren. Queremos que se vayan.
Esta es francamente la posición de todas las comunidades afectadas por la invasión transnacional y corporativa del despojo. La respuesta que le dimos al legislador canadiense es la misma que proponemos aquí frente a la inminencia de la ley de protección de glaciares y área periglacial.

¿De qué sirve entonces la ley que nos ocupa?

Creemos que es una herramienta vital a utilizar por los movimientos sociales y en debates públicos. La ley nos permitirá ejercer un observatorio permanente que atienda a su cumplimiento y nos obliga a exigir el acatamiento del artículo séptimo de evaluación de impacto ambiental que expresa: "deberá respetarse una instancia de participación ciudadana de acuerdo con lo establecido en los artículos 19, 20 y 21 de la ley 25.675 de la Ley general del Ambiente". Impulsar esta norma es fundamental.
Esta ley nacional, esta regla que esperamos entre en vigencia cuanto antes, nos permitirá exigir en todas las provincias y municipios el rechazo de cualquier legislación que sobre el particular (glaciares y periglaciares) sancionen las provincias con intención de evadir el texto y espíritu de la presente, continuando de ese modo con la habitual promiscuidad extractiva.
En definitiva, la ley de protección de glaciares y ambiente periglacial no prohíbe las actividades mineras en la cordillera, precordillera y estribaciones, pero es uno de los triunfos más resonantes logrados por nuestros colectivos sociales, el poder de las asambleas, la unión y el esfuerzo conjunto de comunidades que están siendo judicializadas y reprimidas. Vamos por más.
Es imprescindible lograr la abolición de la actual legislación minera y se está en ese camino; por eso merecen un reconocimiento especial los legisladores que en el Congreso Nacional están promoviendo leyes que revoquen las instauradas en la década de los ‘90. Ratifiquemos una vez más el aplauso que brindamos en el recinto a aquellos congresistas (sin dar nombres para evitar injustas omisiones) que en la madrugada del 15 de julio sostenían públicamente que este debate a nivel nacional se debe a la unión de múltiples asambleas que en todo el territorio del país oponen una resistencia desigual sin renunciamientos.
Reconozcamos con ponderación a los compañeros de las distintas asambleas del interior y de la capital del país que se concentraron desde horas tempranas aguantando el frío reinante, a quienes incomprensiblemente se les negó la entrada al recinto de sesiones. Muchos se trasladaron de lugares lejanos, del litoral y del noroeste, del sur rionegrino y del Andalgalá catamarqueño.
Mas de doscientos compañeros ejercieron una presión que no fue desconocida. Iban rotando en la puerta del congreso nacional y a las cinco de la madrugada aún discutíamos en las calles el levantamiento de la sesión cuando un par de diputados del PRO y del Frente para la Victoria impedían el quórum en plena discusión del artículo sexto del proyecto de ley de protección de glaciares y área periglacial.
La Unión de Asambleas Ciudadanas, UAC, sesionará del 13 al 16 de agosto en Santiago del Estero. El día 12 habrá un foro en el paraninfo de la Universidad santiagueña; será el lugar adecuado para continuar el debate y búsqueda de nuevas estrategias porque cada vez son más los pueblos que resisten y se rebelan enfrentando a lacayos serviles de corporaciones que diezman territorios, devastan contaminando y saquean. Los ámbitos institucionales también merecen un gran esfuerzo de todos nosotros. Discutamos cómo hacerlo. No dejemos un solo espacio, no les demos respiro.

Enviado a Ipodagua por Javier Rodríguez Pardo.
http://www.proyectosur.tv/us-news/528-el-por-que-de-la-ley-de-glaciares

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ESCRACHE A LA ALUMBRERA

Sábado 11 de octubre: Ante la convocatoria de ASANOA se realizó una marcha por el centro de la ciudad. Se realizó un escrache en las puertas de las oficinas de Minera La Alumbrera en Tucumán. Nos sorprendió la adhesión del público que circulaba y se asombraba al enterarse de que La Alumbrera tenía oficinas allí. Luego de más de 40 minutos de cánticos y palabras de denuncia a cargo de los miembros de la asamblea presentes, dos representantes de ASANOA subieron al 6º piso, donde están las oficinas de la minera y entregaron simbólicamente la carta documento que se transcribe más abajo. Para culminar la movilización la asamblea decidió realizar también un escrache al diario La Gaceta de Tucumán, que queda a la vuelta del edificio donde está la minera. Ya que no vienieron a cubrir la nota, se la llevamos a su edificio. Luego de más de 20 minutos de escrache con cantos y palabras "alusivas" y un intento de represión por parte de la seguridad privada del diario, decidieron enviar un periodista a cubrir nuestras declaraciones. Cabe aclarar que este diario no se dignó a cubrir la nota del corte del paso a los camiones de 60 días en los Valles Calchaquíes, pero sí le dió generoso espacio a las declaraciones de los ejecutivos de la minera. (No sabemos qué publicarán, pero NOS DIMOS EL GUSTO DE ESCRACHARLOS) Por prescripción médica, aconsejamos a todas las asambleas realizar acciones similares. Ha sido demostrado que causa una enorme sensación de placer, cosa muy positiva para la salud. Saludos a todos Elizabeth Avila Norberto Costa ASANOA Destinatario Minera La Alumbrera Ltda. L.N.Alem 855 2º piso 1001 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires San Miguel de Tucumán, 11 de octubre de 2008 Sres. Minera Alumbrera Ltda.. Pte. -------Por la presente intimamos a Uds., a que en un plazo perentorio e improbable de 24 horas se abstenga de continuar con su ciclo de explotación, producción y depredación de nuestros recursos naturales. Actividad esta, que sólo trae desolación y desesperanza para los que habitamos estos suelos. Pasivo ambiental que también deben enfrentar las generaciones futuras sin ser arte ni parte.------------------------------------------------------- -------Su desprecio por la vida de los seres vivos y el ambiente, se plasma en una abierta violación a la legislación de fondo vigente. Lo que quedó demostrado con el procesamiento de Julian Rooney en su calidad de gerente comercial y legal y de asuntos corporativos y vicepresidente de la empresa Minera La Alumbrera Ltda.., por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051, así lo dijo la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en la causa "Gonzalez, Juan Antonio s/infracción a la ley 24.051" Expte. De Cámara Nº 47.958/2005. situación que se consumó en el canal de riego conocido como DP2, el mismo, desagua en el Embalse de Río Hondo, en la Provincia de Santiago del Estero.------------------------------------------------------------ -------Nuestra requisitoria tiene fundamento en el Derecho Natural, en el art. 41 de la Constitución Nacional, y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc- 12 CN).----------------------------------------------------------------------------- -------Hacemos reserva de iniciar las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan al caso.---------------------------------------------------------------------------- -------Están debidamente notificados e intimados.------------------------------------------- Remitente EL PUEBLO ARGENTINO

¿Te parecen útiles estas acciones de denuncia y escrache a las empresas contaminantes?

CONTAMINACION POLITICA: ASI SE GANAN LAS ELECCIONES





Tambien pueden ver la denuncia de Telenoche Investiga sobre las maniobras durante las elecciones en Formosa:
Parte 1: http://www.youtube.com/watch?v=S5kYrd85dWQ&NR=1
Parte 2: http://www.youtube.com/watch?v=_oodAA8EUkI&NR=1

Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas


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