lunes, 20 de junio de 2011
La minera Barrick Gold y una nueva denuncia en su contra
Según se indica en el comunicado enviado a Ipodagua.com.ar, “El 8 de junio, el Foro Ciudadano de Participación por la Justicia y los Derechos Humanos, FOCO, con la adhesión de Asociación Ecologista Inti Chuteh (San Juan); Asamblea Popular por el Agua (Mendoza); Asamblea Permanente por losDerechos Humanos de La Matanza; Bienaventurados los Pobres (Catamarca); la Diputada Nacional Victoria Donda; el Diputado Nacional Miguel Bonasso; el Frente Cívico por la Vida (San Juan); Nora Cortiñas; la Organización deNaciones y Pueblos Indígenas en Argentina y el Capítulo argentino de la Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, presentó una denuncia ante el Punto Nacional de Contacto (PNC) de la OCDE en Cancillería por violaciones de la empresa Barrick Gold a las Directrices de la OCDE”.
Miércoles 15 de junio de 2011 //
La empresa canadiense Barrick Gold es una de las multinacionales más grandes del mundo, con más de 27 minas operativas en 15 países del mundo. En el 2005 instaló en San Juan la mina Veladero, y se encuentra actualmente en construcción en la frontera con Chile el proyecto Pascua Lama, que presenta reservas de oro por 17.8 millones de onzas. Ambos proyectos aplican el sistema de minería a cielo abierto, modalidad prohibida en Canadá, que logró imponerse en nuestro país gracias a la impunidad lograda por el marco económico de la década del 90 y la complicidad de los gobiernos locales.
En la denuncia ante el PNC de la OCDE, las organizaciones sociales ponen de manifiesto las sistemáticas violaciones de esta empresa a los Principios Generales de las Directrices, y especialmente a los capítulos referidos a la protección y cuidado del Medio Ambiente, gravemente afectado por las actividades de la empresa. Entre los terribles daños denunciados, se encuentran en la afectación de las aguas superficiales y subterráneas por el uso de productos químicos de muy alto riesgo, desvíos de corrientes de agua superficial y subterránea sobre las cuencas de los ríos las Taguas, Blanco y Jáchal; afectación del aire debido a las voladuras de molienda y perforación que propagan partículas de polvos como rocas, metales, arsénico, etc.; afectación del suelo por el traslado de sustancias peligrosas, el uso de maquinarias de gran porte o la afectación por drenaje ácido de actividad ligada a los proyectos; afectación a los glaciares: en el 2005 Barrick destruyó el glaciar Conconta que abastecía el río Tudcum. Además ocultó datos sobre la presencia de otros cuerpos de hielo, renegando del papel regulador que tienen sobre el agua de los ríos del área, y soslayando que la protección de los mismos es esencial como medida contra el Cambio Climático; afectación a la Biodiversidad: en el caso de Pascua Lama – Veladero se han eliminado muchos ambientes húmedos que resultan claves para el desarrollo de la biodiversidad del área.
A esa situación se agregan el impacto de los daños sociales, ya que se registran graves efectos sobre la salud de la población: en Jáchal se manifiesta un gran porcentaje de población con cáncer de hígado, estomago, riñones y otros, que se presumen consecuencia de la explotación minera aguas arriba del río Jáchal, en el yacimiento Veladero; a ello se agregan los impactos en la Economía Regional: por pérdida de valor de la región como lugar turístico a causa de la destrucción paisajes naturales y las restricciones de acceso que impone la empresa sobre el territorio, disminución de la cantidad de agua y electricidad de la que dispone la región, así como pérdida de la producción vinculada a la cría extensiva de ganado, principalmente caprino, el cultivo de olivos y semillas y la actividad forestal; finalmente, el no cumplimiento del derecho a la información: la empresa difunde escasa información y fuera del alcance de los pueblos afectados por su actividad. Si circula, lo hace en las agencias estatales provinciales con facultades de contralor y/o fiscalización sobre las facetas que involucra la misma.
Respecto a daños institucionales, hay que mencionar el lobby contra la ley de glaciares, alegando “derechos adquiridos”, así como numerosos casos de violencia: diversas organizaciones sociales y ambientalistas locales fueron reprimidas por la policía provincial y la seguridad privada contratada por Barrick, tal como ocurrió el 24 de febrero de 2011.
Por esta razón, entre los reclamos formulados en la denuncia se encuentra la consulta permanente a los pueblos afectados y su participación activa en la toma de decisiones en torno a los proyectos mineros, el establecimiento de mecanismos idóneos para garantizar el acceso irrestricto, gratuito, eficaz y sencillo de la población sanjuanina, a la información financiera, estructural y operatoria de la empresa, la creación de un Equipo Interdisciplinario que analice el impacto ambiental de los proyectos mineros en curso, la realización de los estudios médicos que sean necesarios a los fines de determinar la etiología y las características de las distintas patologías que presentan los habitantes de los pueblos circundantes a las zonas de explotación minera, así como un relevamiento integral de los glaciares históricamente ubicados en el ecosistema comprendido en el radio de influencia de la actividad minera, y de los ambientes periglaciales que han actuado como reguladores de dichos recursos hídricos.
*Las Directrices son un conjunto de principios referidos a los derechos humanos, laborales, ambientales, entre otros, que las empresas de los países de la OCDE se comprometen a respetar en los países donde operan.
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ESCRACHE A LA ALUMBRERA
Sábado 11 de octubre:
Ante la convocatoria de ASANOA se realizó una marcha por el centro de la ciudad. Se realizó un escrache en las puertas de las oficinas de Minera La Alumbrera en Tucumán.
Nos sorprendió la adhesión del público que circulaba y se asombraba al enterarse de que La Alumbrera tenía oficinas allí.
Luego de más de 40 minutos de cánticos y palabras de denuncia a cargo de los miembros de la asamblea presentes, dos representantes de ASANOA subieron al 6º piso, donde están las oficinas de la minera y entregaron simbólicamente la carta documento que se transcribe más abajo.
Para culminar la movilización la asamblea decidió realizar también un escrache al diario La Gaceta de Tucumán, que queda a la vuelta del edificio donde está la minera. Ya que no vienieron a cubrir la nota, se la llevamos a su edificio. Luego de más de 20 minutos de escrache con cantos y palabras "alusivas" y un intento de represión por parte de la seguridad privada del diario, decidieron enviar un periodista a cubrir nuestras declaraciones. Cabe aclarar que este diario no se dignó a cubrir la nota del corte del paso a los camiones de 60 días en los Valles Calchaquíes, pero sí le dió generoso espacio a las declaraciones de los ejecutivos de la minera. (No sabemos qué publicarán, pero NOS DIMOS EL GUSTO DE ESCRACHARLOS)
Por prescripción médica, aconsejamos a todas las asambleas realizar acciones similares. Ha sido demostrado que causa una enorme sensación de placer, cosa muy positiva para la salud.
Saludos a todos
Elizabeth Avila
Norberto Costa
ASANOA
Destinatario
Minera La Alumbrera Ltda.
L.N.Alem 855 2º piso
1001 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
San Miguel de Tucumán, 11 de octubre de 2008
Sres.
Minera Alumbrera Ltda..
Pte.
-------Por la presente intimamos a Uds., a que en un plazo perentorio e improbable de 24 horas se abstenga de continuar con su ciclo de explotación, producción y depredación de nuestros recursos naturales. Actividad esta, que sólo trae desolación y desesperanza para los que habitamos estos suelos. Pasivo ambiental que también deben enfrentar las generaciones futuras sin ser arte ni parte.-------------------------------------------------------
-------Su desprecio por la vida de los seres vivos y el ambiente, se plasma en una abierta violación a la legislación de fondo vigente. Lo que quedó demostrado con el procesamiento de Julian Rooney en su calidad de gerente comercial y legal y de asuntos corporativos y vicepresidente de la empresa Minera La Alumbrera Ltda.., por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051, así lo dijo la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en la causa "Gonzalez, Juan Antonio s/infracción a la ley 24.051" Expte. De Cámara Nº 47.958/2005. situación que se consumó en el canal de riego conocido como DP2, el mismo, desagua en el Embalse de Río Hondo, en la Provincia de Santiago del Estero.------------------------------------------------------------
-------Nuestra requisitoria tiene fundamento en el Derecho Natural, en el art. 41 de la Constitución Nacional, y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc- 12 CN).-----------------------------------------------------------------------------
-------Hacemos reserva de iniciar las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan al caso.----------------------------------------------------------------------------
-------Están debidamente notificados e intimados.-------------------------------------------
Remitente
EL PUEBLO ARGENTINO
¿Te parecen útiles estas acciones de denuncia y escrache a las empresas contaminantes?
CONTAMINACION POLITICA: ASI SE GANAN LAS ELECCIONES
Tambien pueden ver la denuncia de Telenoche Investiga sobre las maniobras durante las elecciones en Formosa:
Parte 1: http://www.youtube.com/watch?v=S5kYrd85dWQ&NR=1
Parte 2: http://www.youtube.com/watch?v=_oodAA8EUkI&NR=1
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