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jueves, 2 de diciembre de 2010

El "lobby" minero y un federalismo fingido


 No es cierto que “la minería genera 500 mil empleos en el país”, como afirma el secretario de Minería de la Nación, Jorge Mayoral.
  • Maristella Svampa y Enrique Matías Viale*
Estimulados por el lobby minero, en las últimas semanas asistimos a un fingido federalismo para atacar la Ley de Protección de Glaciares, que venía con media sanción desde la Cámara de Diputados. Este simulado discurso federalista se contrapone de manera burda con la estrategia adoptada por estos mismos actores en las provincias donde ya existen leyes provinciales de prohibición de la minería a cielo abierto con uso de sustancias tóxicas (siete provincias).
En efecto, con los argumentos inversos a los expuestos en el Senado Nacional, el lobby minero ataca judicialmente en los tribunales locales dichas leyes provinciales de prohibición. Señalan que dichas normas provinciales son inconstitucionales porque sólo el Código de Minería (ley dictada por el Congreso Nacional) podría regular la actividad minera y no una norma provincial.
En Córdoba, esto se observa claramente con la embestida judicial ante el Tribunal Superior de Justicia provincial contra la ley 9.526.
Así, queda claro que dicho discurso se acomoda a las circunstancias; puede apelar al federalismo más profundo para buscar frenar una ley de presupuestos mínimos como la Ley de Protección de Glaciares, así como acudir al unitarismo más extremo para cuestionar que las provincias sancionen leyes de protección ambiental.
Si de federalismo se trata, la pregunta es por qué no se cuestiona la vigencia del asombroso Tratado Argentino-Chileno sobre Integración y Complementación Minera, que firmó el Estado nacional con el país trasandino en la década de 1990. Dicho convenio –instrumento clave para la puesta en marcha del emprendimiento minero binacional Pascua-Lama–, en su artículo 6° autoriza el “uso de toda clase de recursos naturales, insumos e infraestructura” existentes. Es decir que, mediante este Tratado, el Estado nacional dispuso sobre los bienes naturales de las provincias (fundamentalmente el agua) que se encuentran obligadas a entregar esos bienes para la actividad minera.
Qué se debate. Los defensores de la actividad minera no cesaron de llevar a la sociedad discursos catastrofistas, ya que no es cierto que la reciente ley aprobada por el Congreso Nacional restrinja la actividad minera en gran parte del país o de las provincias cordilleranas.
Lo que estaba en debate no era la insustentabilidad de la minería. El área de glaciares y periglacial que protege esta norma está lejos de abarcar una amplia superficie; tan sólo prohíbe cualquier actividad extractiva (no sólo la minería) en el uno por ciento de todo el territorio argentino. ¡Una proporción ínfima, lejos de las barbaridades que se dijeron durante las audiencias especiales realizadas en el Senado Nacional, acerca de que cubriría una gran parte del país! En realidad, tales engaños esconden el interés concreto de empresas como Barrick Gold, que se instalaron en áreas muy frágiles, amenazando un recurso esencial y vulnerable como el agua.
Por último, este conjunto de actores buscó agitar el doloroso fantasma del desempleo, inflando las cifras del empleo minero e incurriendo en el más puro terrorismo estadístico.
Según el Indec, en 2009 hubo un promedio de 18.342 asalariados registrados en minería, de los cuales sólo 6.533 pertenecen a minerales metalíferos. Por más trabajo en negro y empleo indirecto que produzca, no es cierto que “la minería ya genera 500 mil empleos en el país”, como afirma el secretario de Minería de la Nación, Jorge Mayoral.
Como prueba, está Bajo La Alumbrera, en Catamarca, que prometió 10 mil puestos de trabajo y hoy sólo cuenta con 800 puestos estables y mil contratados. Y eso sin contar los altos costos sanitarios y ambientales.
Intereses versus derecho al agua. En suma, fueron días en los que las incongruencias y falacias del lobby minero fueron tales que hasta las grandes solicitadas publicadas en los principales diarios del país terminaron por jugarles un efecto bumerán, mostrando de manera desembozada que los intereses económicos y corporativos de las empresas estaban por encima del derecho al agua de todos los argentinos.
La Ley de Protección de Glaciares finalmente fue aprobada por el Senado en la madrugada del 30 de septiembre, por 35 votos contra 33, luego de más de una treintena de discursos que dieron cuenta tanto del cambio cultural que supone el despertar de una conciencia ambiental, como de la imperiosa necesidad que hoy reconocen numerosos legisladores –independientemente de su filiación partidaria–, de discutir el controvertido modelo minero que hoy avanza sobre el país sin consenso social y sin control del Estado.
Habrá que acompañar de cerca la reglamentación e implementación de esta ley para hacer realidad lo que constituye un primer paso en la protección de nuestros bienes comunes. Tocará ese rol nuevamente a las numerosas asambleas ciudadanas y organizaciones ambientales que no cesaron de movilizarse advirtiendo la importancia de esta ley, aunque es de esperar que este primer triunfo sirva también para alertar y concientizar al resto de los argentinos.


Maristella Svampa - Socióloga, investigadora del Conicet
Enrique Matías Viale - Presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas
http://www.lavoz.com.ar/opinion/el-lobby-minero-y-un-federalismo-fingido

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ESCRACHE A LA ALUMBRERA

Sábado 11 de octubre: Ante la convocatoria de ASANOA se realizó una marcha por el centro de la ciudad. Se realizó un escrache en las puertas de las oficinas de Minera La Alumbrera en Tucumán. Nos sorprendió la adhesión del público que circulaba y se asombraba al enterarse de que La Alumbrera tenía oficinas allí. Luego de más de 40 minutos de cánticos y palabras de denuncia a cargo de los miembros de la asamblea presentes, dos representantes de ASANOA subieron al 6º piso, donde están las oficinas de la minera y entregaron simbólicamente la carta documento que se transcribe más abajo. Para culminar la movilización la asamblea decidió realizar también un escrache al diario La Gaceta de Tucumán, que queda a la vuelta del edificio donde está la minera. Ya que no vienieron a cubrir la nota, se la llevamos a su edificio. Luego de más de 20 minutos de escrache con cantos y palabras "alusivas" y un intento de represión por parte de la seguridad privada del diario, decidieron enviar un periodista a cubrir nuestras declaraciones. Cabe aclarar que este diario no se dignó a cubrir la nota del corte del paso a los camiones de 60 días en los Valles Calchaquíes, pero sí le dió generoso espacio a las declaraciones de los ejecutivos de la minera. (No sabemos qué publicarán, pero NOS DIMOS EL GUSTO DE ESCRACHARLOS) Por prescripción médica, aconsejamos a todas las asambleas realizar acciones similares. Ha sido demostrado que causa una enorme sensación de placer, cosa muy positiva para la salud. Saludos a todos Elizabeth Avila Norberto Costa ASANOA Destinatario Minera La Alumbrera Ltda. L.N.Alem 855 2º piso 1001 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires San Miguel de Tucumán, 11 de octubre de 2008 Sres. Minera Alumbrera Ltda.. Pte. -------Por la presente intimamos a Uds., a que en un plazo perentorio e improbable de 24 horas se abstenga de continuar con su ciclo de explotación, producción y depredación de nuestros recursos naturales. Actividad esta, que sólo trae desolación y desesperanza para los que habitamos estos suelos. Pasivo ambiental que también deben enfrentar las generaciones futuras sin ser arte ni parte.------------------------------------------------------- -------Su desprecio por la vida de los seres vivos y el ambiente, se plasma en una abierta violación a la legislación de fondo vigente. Lo que quedó demostrado con el procesamiento de Julian Rooney en su calidad de gerente comercial y legal y de asuntos corporativos y vicepresidente de la empresa Minera La Alumbrera Ltda.., por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051, así lo dijo la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en la causa "Gonzalez, Juan Antonio s/infracción a la ley 24.051" Expte. De Cámara Nº 47.958/2005. situación que se consumó en el canal de riego conocido como DP2, el mismo, desagua en el Embalse de Río Hondo, en la Provincia de Santiago del Estero.------------------------------------------------------------ -------Nuestra requisitoria tiene fundamento en el Derecho Natural, en el art. 41 de la Constitución Nacional, y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc- 12 CN).----------------------------------------------------------------------------- -------Hacemos reserva de iniciar las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan al caso.---------------------------------------------------------------------------- -------Están debidamente notificados e intimados.------------------------------------------- Remitente EL PUEBLO ARGENTINO

¿Te parecen útiles estas acciones de denuncia y escrache a las empresas contaminantes?

CONTAMINACION POLITICA: ASI SE GANAN LAS ELECCIONES





Tambien pueden ver la denuncia de Telenoche Investiga sobre las maniobras durante las elecciones en Formosa:
Parte 1: http://www.youtube.com/watch?v=S5kYrd85dWQ&NR=1
Parte 2: http://www.youtube.com/watch?v=_oodAA8EUkI&NR=1

Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas


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