Aprobada la Ley de Glaciares ¿Cuál es la situación de la actividad minera?
POR PANORAMA MINERO
Tras una larga sesión en la que la Cámara de Senadores debatió varios temas, esta madrugada quedó aprobada la Ley de Protección de Glaciares que ya contaba con visto bueno de Diputados. El resultado fue 35 votos a favor, 33 en contra y 1 abstención. Si bien el cuestionado artículo 17 fue eliminado, no se han dado las garantías para que la minería pueda desarrollarse sin impedimentos.Todo comenzó cuando se decidió adelantar la jornada legislativa que estaba prevista para el jueves 30 de septiembre y tratar varios temas como el servicio cívico voluntario, las medidas contra las salideras y el acceso a la información pública junto con la Ley de protección de Glaciares, más conocida como el acuerdo “Filmus-Bonasso”. La jornada duró varias horas de debate y recién pasadas las 4 de la madrugada se definió la votación por 35 votos a favor, 33 en contra y la abstención del diputado por San Juan Roberto Basualdo. Los únicos ausentes al momento de la votación fueron Guillermo Jenefes (Jujuy-FpV), Carlos Saúl Menem (La Rioja-Peronismo Federal) y Pablo Verani (Río Negro-UCR).
Es importante destacar, en primer lugar que el oficialismo, a través de Daniel Filmus pidió la eliminación del artículo 17 del texto original que establecía que: “En las áreas potencialmente protegidas por la presente ley, no se autorizará la realización de nuevas actividades hasta no esté finalizado el inventario y definidos los sistemas a proteger. Ante la solicitud de nuevos emprendimientos el IANIGLIA priorizará la realización del inventario en el área en cuestión”. Este hecho levantó polémica entre algunos legisladores que no tardaron en declarar que esta eliminación era inconstitucional, por haber sido aprobado en DiputadosPor otro lado, resta que la Ley se promulgue y ver como se reglamentará de ahora en más, ya que todavía hay dudas en cuanto a su alcance debido a la vaga definición del concepto de “periglaciar”. Será clave el papel que sigan jugando las provincias en cuanto a la defensa de la actividad minera sosteniendo que esta ley es inconstitucional por afectar al artículo 124 de la Constitución Nacional y los trabajos de reglamentación que se lleven a cabo en cuanto a los conceptos plasmados en el artículo 2 de la presente Ley.
http://www.panoramaminero.com.ar/noti9.htm
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