Repercusiones por la media sanción de la Ley de Glaciares
Comunicado de la Cámara Minera de San Juan, Cámara Argentina de Servicios Mineros, Grupo de empresas exploradoras de la república argentino
A la opinión Pública:
La industria minera se ha desarrollado en nuestro País con apego al respeto institucional y a todas las normas legales, especialmente en lo ambiental, en lo laboral, pagando sus impuestos y regalías, y desarrollando sustentablemente una nueva actividad económica de la cual participan cientos de miles de familias argentinas.
En defensa de todos estos valores y amparados en el citado cumplimiento legal, pero motivados por presiones y aprietes legislativos, hoy nos vemos urgidos a denunciar como nuestro Congreso Nacional se convierte en caja de resonancia de conductas incoherentes, dando lugar a acusaciones dañinas y sin fundamento, que alteran un orden legal que nuestra Constitución prevé para el manejo de los recursos naturales de las provincias.
Hoy nos quieren decir desde la comodidad de la urbe, como manejar nuestros glaciares, como conocer nuestra cordillera, nos acusan ante la sociedad por supuestas contaminaciones que no tienen ni tendrán el peso de prueba alguna, porque realmente tales contaminaciones apocalípticas no existen, sino solo en las falacias de estos engrupidos del poder.
No conocen estos diputados, por ejemplo:
Que la minería en San Juan utiliza menos del 0,5% de las concesiones de agua totales, pero contribuye cerca de un 30% del producto bruto interno, y casi un 75% de las exportaciones provinciales.
Que brinda salarios dignos y en blanco a casi un tercio de la población económicamente activa en la provincia.
Que sustenta su crecimiento en las normas más estrictas sobre cuidado medioambiental, por encima de legislaciones provinciales y nacionales, y sujetos a permanentes auditorias internacionales.
Que ejerce el desarrollo sustentable de decenas de nuevas actividades agroindustriales y de diverso orden, para de esta manera proponer una nueva conducta social, integradora del medio minero con la sociedad.
Seguiremos sosteniendo los pilares de la defensa del desarrollo minero que se centran en el FEDERALISMO como premisa para un país más equitativo. Para el desarrollo de nuestras provincias cordilleranas, para una mejor calidad de vida de todos los que vivimos cerca de Los Andes, conviviendo con nuestros glaciares, con nuestros ríos, acuíferos y cerros y con nuestro potencial minero, que ofrece trabajo y generación de recursos genuinos. Somos los primeros en tomar el agua de nuestros glaciares y rios, tenemos buenos profesionales, técnicos y conocedores de estas ciencias y sabemos de nuestra realidad árida, pero fecunda de educación y de ideas genuinas de crecimiento como nos enseño Sarmiento.
¿ Qué historia nos quieren contar desde el centro de contaminación más seria de la Argentina ?.
Por ello, en plena consonancia con las políticas de desarrollo sustentable de nuestra industria, que siguen fielmente los principios del cuidado medioambiental previstos en nuestras leyes nacionales Nº 24585 (Ley de Impacto Ambiental Minero) y Nº 25675 (Ley General del Medio Ambiente), y las leyes PROVINCIALES que detallan los mecanismos de control y gestión previstos en la Constitución Nacional, las cámaras del sector minero de San Juan, REPUDIAMOS PÚBLICAMENTE el artero proyecto consensuado de los Diputados Bonasso y Filmus sobre la Ley de Glaciares, porque miente sobre las realidades de nuestra industria, porque está disfrazando un absoluto descrédito a nuestra seguridad jurídica ante el mundo y seguramente favoreciendo intereses políticos que no condicen con la preservación de nuestro medio ambiente, sino con ideas trasnochadas sobre un régimen ya caduco en el mundo.
RESPETEMOS UNA FORMA DE CRECER, RESPETEMOS LA POSIBILIDAD DE HERMANOS ARGENTINOS QUE TIENEN FÉ EN SUS PROPIAS MANOS PARA EL PROGRESO. NO SIGAMOS EN UN PAÍS DE PROHIBICIONES. ES NUESTRO DERECHO A TRABAJAR EL QUE NOS HACE GRANDES.
GEMERA comparte con la comunidad los siguientes conceptos respecto a la legislación sobre glaciares que fuera aprobada por la Cámara de Diputados de la Nación
En primer lugar entendemos que el marco legal vigente protege los recursos naturales, en especial el agua y que las Provincias dueñas de tales recursos los administran de manera responsable y sustentable. Un ejemplo de ello son las evaluaciones de impacto ambiental de cada proyecto minero con el suficiente detalle y rigurosidad científica dando participación a entidades provinciales y nacionales como el INA (Instituto Nacional del Agua) en especial los organismos provinciales como la Dirección de Hidráulica con cuerpos técnicos conocedores de la geografía, hidrología e hidrogeología de cada región incluyendo también a los cuerpos técnicos de las Universidades.
A pesar de ello un grupo de provincias cordilleranas se ha dispuesto a legislar “adicionalmente” a lo que de hecho ya está protegido con la inclusión de medidas de control, monitoreos e inventarios de cuerpos de hielo. Cabe aclarar que en los ciclos climáticos de humedad-aridez y calidez-glaciación que ha sufrido el planeta desde el inicio de su existencia hace variar el tamaño y espesor de los glaciares.
También es importante que dentro del ciclo del agua el hielo es parte del mismo y por lo tanto también posee su dinámica propia, esto es acumulación, transporte y descarga, como lo hace cualquier río solo que en estado sólido.
Es importante destacar a su vez, que los emprendimientos mineros ubicados en áreas cercanas o lejanas a glaciares poseen sus políticas de reducción de consumo de agua fresca (agua obtenida de ríos o acuíferos) y que el caudal procesado en su metalurgia corresponden a caudales recirculados en su mayoría (70 a 95%) y el resto es agua fresca. Esto ha llevado a la confusión del uso del agua por lo que se considera que el 100% del agua usada diariamente en los procesos metalúrgicos sea fresca, nada más alejado de la realidad por la recirculación de la misma. Solo se agrega agua fresca para compensar las pérdidas por evaporación y el resto es usada para campamentos en consumos de hotelería o uso humano.
Se debe insistir en aclarar que la reserva de agua dulce más importante está constituida por los acuíferos subterráneos coincidentes con áreas planas, donde por cierto en general no se realiza actividad minera. En general dichas zonas son ocupadas por otras actividades productivas y núcleos urbanos desde pueblos hasta ciudades, en donde en general el agua no es recirculada sino el uso de agua fresca es casi el 100%.
La Ley sobre protección de los glaciares que tiene media sanción legislativa (fue aprobada en general por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación) presenta una serie de términos confusos donde no se define bien el término “glaciar” ni siquiera el término “periglaciar”.
Suma a su vez el agregado de que se le hizo en el día 14 de julio donde no sólo se contemplan los glaciares y masas de hielo de alta montaña si no también los situados a menos de 3.000 m y los de baja montaña (otro término impreciso).
Dentro de la Ley con media sanción figuran como actividades prohibidas de realizar la exploración y explotación petrolera y minera en el ámbito que pretende proteger esa ley, lo cual es claramente discriminatorio ya que excluye dichas actividades “per se”, sin considerar la posibilidad de que las mismas pueden ser realizadas, como de hecho ocurre, de manera sustentable.
Por otra parte, dado que técnicamente en la actualidad no existe explotación petrolera posible en zonas de glaciares en Argentina, surge que la norma aprobada por la HCD de la Nación está claramente destinada a prohibir la minería en zonas donde la naturaleza ha concentrado los metales en forma económicamente explotable.
No obstante ello con el uso del término periglaciar (usado en forma ambigua) puede afectar seriamente a la actividad petrolera ya que en muchos casos los yacimientos actualmente en producción en el sur del país y zonas a explorar, cumplen con la condición que se pueden encuadrar como áreas congeladas en algún momento del año.
Por todo lo expuesto, vemos claramente como el tratamiento llevado a cabo en el recinto de la HCD de la Nación no apunta a proteger a los glaciares sino a prohibir la minería en amplias zonas del territorio argentino, e incluso avanza sobre áreas con fuerte actividad petrolera, esa ha sido su objetivo no otro como se ha pretendido sensibilizar a la población.
MyDeC
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