Con este razonamiento la orina no sería un desecho, sino combustible usado........
La única verdad en este asunto es que la CNEA vendió a Australia un reactor con la condición de traer de regreso a Argentina el combustible radioactivo ya consumido. Ahora, la CNEA ha logrado "convencer" a la Corte Suprema para que emita este vergonzoso fallo. No se trata de "aceite quemado" sino de uranio usado como combustible en un reactor nuclear. Parece que los Jueces Supremos no tienen idea de la diferencia.
Miércoles, 5 de mayo de 2010
Cierre a la polémica por el reactor
La Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló que ingrese al país, para su reciclado, combustible usado proveniente de un reactor vendido a Australia y que había sido denunciado como posible contaminador del medio ambiente.
El máximo tribunal revocó la inconstitucionalidad que había dictado la Cámara Federal de Bahía Blanca sobre una cláusula de un convenio celebrado entre la empresa estatal Investigaciones Aplicadas Sociedad del Estado (Invap) y la Organización de Ciencia y Tecnología Nuclear de Australia (Ansto, por sus siglas en inglés) para el tratamiento de los desechos.
La Corte sostuvo que “ha quedado claro que en estos actuados no estamos en presencia de un desecho radiactivo, sino de combustible usado”. “En el estado actual de la causa no se verifica un supuesto en que sea aplicable el principio de precaución en tanto no existe prueba alguna sobre la existencia de un peligro e daño grave o irreversible derivado de estos combustibles”, resolvieron los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay.
El ambientalista Juan Schroeder denunció en 2002 que el convenio celebrado entre Invap y Ansto, por el cual se le vendió a Australia un reactor, contenía una cláusula que permitía el tratamiento de residuos radiactivos en el país que fueran utilizados por el reactor y que era inconstitucional, ya que la Carta Magna prohíbe el ingreso a la Argentina de esa clase de material.
La Corte señaló que la declaración de inconstitucionalidad se puede dictar “cuando se demuestra con evidencia clara y concreta que ésta se opone al ordenamiento ambiental”. “Si bien es cierto que la Constitución, las leyes y los precedentes de esta Corte protegen al ambiente, esa tutela no es abstracta, ni de puro derecho, ni meramente interpretativa, sino que se hace efectiva frente a una controversia que el reclamante no ha demostrado”, concluyó el máximo tribunal.
El convenio con Australia por el que la Argentina vendió un reactor nuclear fue presentado en su momento como un éxito de la capacidad tecnológica del país, aunque luego derivó en una larga polémica por la posibilidad de que el combustible utilizado fuera traído aquí para su posterior tratamiento.
Ahora, los jueces le ordenaron a la Cámara Federal de Bahía Blanca que dicte un nuevo pronunciamiento en base a su fallo.
1 comentario:
Si es un combustible usado los ministros de la Corte no tendrán ningún problema en recibirlo en su despacho. También podrán colocarlo en sus automóviles. Porque supongo que harán la prueba y lo recibirán para sus coches aunque sea USADO. No nos olvidemos que el pais está en crisis desde siempre y los que tienen poder de decisión deben dar el ejemplo de austeridad. Indiscutiblemente el tema ha superado a nuestra corte. Conveniente sería que primero se sepa que es residuos nucleares y que es combustible usado. Básico.
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