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miércoles, 24 de marzo de 2010

PARA CONTESTAR COLECTIVAMENTE A LA BARRICK

Esta "respuesta" de Barrick merece ser contestada por las asambleas. Proponemos un respuesta construida colectivamente:

La Respuesta de Barrick a Telenoche

Algunos medios de comunicación parecen haber trazado una suerte de cruzada anti-minera. Con mas pomposidad publicitaria que contenido, y más acusaciones que argumentos, meses atrás el noticiero Telenoche de Canal 13 compuso el informe “Glaciares: el primer veto”.

Dado el nivel de acusaciones, la empresa Barrick se propuso ejecutar una respuesta en pos de “aclarar y rectificar algunos de los contenidos vertidos en dicha programación”. La empresa desarrolló un extenso texto esgrimiento fundamentos y acotaciones respecto de las afirmaciones desagregadas en el programa precitado.

El texto firmado por Jimena del Valle Daneri, DNI: 21.357.573, Gerente de Asuntos Legales de Barrick para Argentina, es un compendio de argumentos, es decir contiene una cantidad de certezas, de acotaciones sobre acusaciones ciegas y panfletarias. Hay reglas y Barrick las cumple, hay estándares mundiales y Barrick alcanza excelencia en los mismos.

Es harto ostensible que la minería está siendo arteramente atacada; los ataques adolecen de claridad conceptual, y sin embargo les sobra rimbombancia televisiva. Habrá una respuesta de Telenoche a los fundamentos de Barrick? Se podrá establecer un diálogo? O bien la televisión va a dedicarse a lanzar diatribas y no aceptar que del otro lado hay una respuesta coherente y racional?

Veamos la respuesta de Barrick, sus razones, la razón de su industria y de qué se trata la vanguardia minera. La respuesta de la empresa será fielmente citada ya que pretendemos respetar el espíritu de la misma con el objetivo de dar al enunciador un lugar propio y permitir que el lector conozca el texto en su totalidad.

Palabra de Barrick

La réplica de la minera canadiense se desglosa en 7 puntos donde se formula una dialéctica entre lo expresado en Telenoche y lo que la empresa responde con una cantidad de elementos del mundo legal y técnico que permiten reponer el por qué de todo su accionar.

Dice el Informe de Barrick:

1. En el primer capítulo del reporte se afirma que “(…) la gran maquinaria destruye y deforma el escenario natural en Veladero”, aludiendo a la mina que nuestra empresa opera desde el año 2005 en la provincia de San Juan.

Esta manifestación es completamente falsa. En primer lugar, es preciso destacar que Barrick tiene múltiples programas que le permiten alcanzar una gestión ambiental de excelencia. En 2007, Veladero obtuvo la certificación ISO 14001, norma internacional que avala y garantiza la gestión ambiental responsable. Esta certificación debe validarse periódicamente. Veladero ha obtenido estas certificaciones, y de manera sobresaliente, desde entonces. Y no sólo eso. Todas las minas de Barrick en Sudamérica han sido igualmente certificadas bajo la misma norma y todas aquellas que utilizan cianuro como parte de su proceso han certificado en el Código Internacional de Manejo del Cianuro, programa que, al alero de las Naciones Unidas, establece medidas seguras de producción, transporte y manejo de este insumo necesario para la producción. Los principios y normas de práctica establecidos en el Código Internacional de Manejo del Cianuro cubren el manejo del cianuro en todo su ciclo de vida. Es por esto que en todas las plantas de Barrick rigen estrictos sistemas de protección personal y del medioambiente. Nuestra compañía, además ha recibido la distinción, por segundo año consecutivo y en honor a su responsabilidad social, de estar en el índice Dow Jones de Responsabilidad Social Corporativa.

Podemos decir entonces que quizá estén equivocados los Organismos Internacionales de control? Lo mismo las Naciones Unidas y sus programas y sistemas de protección del medio ambiente? Tal vez el índice Dow Jones permita que Barrick deforme el medio ambiente? Es decir, lo resta por pensar es que los organismos internaciones de control viven equivocados; o mejor que los únicos portadores de la verdad son los que opinan como Telenoche y el resto se manejan en el marco de la falacia y el engaño.

Veamos los puntos 2, 3 y 4:

2. El informe de Telenoche se detiene detalladamente en la utilización del cianuro en nuestros procesos. El cianuro, por razones técnicas y económicas, es la sustancia química que se utiliza de manera segura en la industria para la recuperación del oro de una masa más grande de mineral rocoso. De ahí la importancia que tienen su uso responsable.

En Barrick reconocemos la responsabilidad que tenemos en el manejo seguro de todas las sustancias químicas que se utilizan en la extracción y producción de oro. Nuestras plantas de todo el mundo han utilizado cianuro de manera segura durante décadas. Nuestras prácticas de manejo de cianuro se rigen por estrictos estándares de seguridad.

Sin embargo, en el informe no se dice en ningún momento que, desde el año 2008, Veladero cuenta con la Certificación en el Código Internacional de Manejo del Cianuro. Y que, de hecho, fue la primera mina en la Argentina en obtener dicho reconocimiento debido a sus altos estándares de cuidado. Mucho menos se hace referencia a que en todas nuestras operaciones esta sustancia es tratada de modo tal que no se han registrado incidentes que hayan resultado en daños al ambiente.

3. En otro tramo se le imputa a Barrick la formulación de “presiones y amenazas” supuestamente sufridas por una ex funcionaria pública argentina. Se trata de una acusación inadmisible y completamente falsa.

4. Un legislador nacional señala que luego que el decreto 1.837/08 “es el veto de la Barrick Gold”. El veto al proyecto de ley registrado bajo el número 26.418 nada tiene que ver con nuestra compañía ni con el Proyecto Pascua Lama, como se pretende. Tanto es así que al momento del decreto, Pascua Lama ya contaba con la correspondiente aprobación de las autoridades argentinas, particularmente ambiental y las de permisos sectoriales para iniciar actividades. El proyecto no se había puesto en marcha hasta este año ya que estaba esperando la resolución de temas impositivos.

En estos puntos cabe destacar el grado de animosidad, la carga negativa en los comentarios y, al mismo tiempo, la falta de casos, testimonio o pruebas reales que certifiquen lo dicho. Es decir, si Barrick degrada, el informe debería mostrar los documentos de esa degradación.

Los puntos 5 y 6 abrevan en información incompleta e inexactitudes que la minera canadiense se encarga de explicar con la ley en la mano:

5. En el segundo capítulo del reporte se menciona que nuestra empresa no cuenta con el seguro ambiental que exige la Ley General del Medio Ambiente. Pero en ningún tramo del informe se aclara que este tipo de seguro, con el alcance previsto en la Ley General del Medio Ambiente, no existe en el mercado argentino. Como en los demás casos, omitir este detalle es entregar información incompleta.

Recién este año, la Superintendencia de Seguros de la Nación aprobó la constitución de pólizas de caución por daños ambientales de incidencia colectiva en función de la reglamentación de la Ley General del Medio Ambiente (25.675). No obstante lo previamente expresado, Barrick se encuentra en proceso de obtención de dicha póliza de caución.

Aún así, la compañía, tal como lo ha en todo el mundo, cuenta con seguros de responsabilidad civil por daño ambiental, entre otros seguros. Por lo tanto, es totalmente falsa la afirmación vertida en el informe acerca de que “si se produjera algún accidente, el Estado Argentino no puede reclamar porque (Barrick) no tiene seguro”.

Por otro lado, nuestra mina Veladero ha sido inspeccionada en forma reciente por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo de la Nación y ha sido destacada como una de las más eficientes en su trabajo en salud y seguridad.

6. No es correcto que al día de la fecha exista alguna causa judicial contra Barrick en la cual la Corte Suprema de Justicia de la Nación haya resuelto intervenir en virtud de su competencia originaria, tal como se sostuviera en las numerosas reiteraciones del informe en el canal de cable Todo Noticias. Hasta la fecha, todos los planteos efectuados contra Barrick por la presunta afectación de glaciares en la Cordillera de los Andes han sido rechazados en todas sus instancias en la provincia de San Juan.

Finalmente, el ítem 7 denota el esfuerzo de la empresa por respetar el medio ambiente tomando los recaudos y cumpliendo con normas existentes.

7. Tampoco es verdadero que Barrick “piensa trasladar los glaciares Toro 1, Toro 2 y Esperanza desde la Cordillera”, como afirma Telenoche. La resolución que aprobó ambientalmente el proyecto Pascua Lama en Chile, dice que: “La compañía solamente accederá al mineral de manera tal que no se produzca ninguna remoción, reubicación, destrucción ni intervención física de los glaciares Toro 1, Toro 2 y Esperanza”. Y como surge de la información pública contenida en los Informes de Impacto Ambiental del Proyecto, el cuerpo mineralizado que Barrick está autorizada a explotar no se encuentra debajo de ninguna masa de hielo o glaciar. Además de anterior, tanto la empresa como las autoridades, fiscalizarán que ninguno de los glaciares y cuerpos de hielo de la zona sufran alteración debido al proyecto.

Nos parece importante decir que Pascua Lama, el primer proyecto minero binacional del mundo, fue evaluado y posteriormente aprobado ambientalmente tanto en Chile como en la Argentina. En Argentina, recibió la declaración de impacto ambiental correspondiente en el mes de diciembre de 2006 por parte las autoridades de la provincia de San Juan, luego de un extenso y pormenorizado estudio efectuado por la Comisión Evaluadora integrada por catorce miembros del gobierno provincial, nacional y otras instituciones, así como también de universidades nacionales. Asimismo, en este mes de diciembre se ha obtenido la aprobación del Primer Informe de Actualización Ambiental de dicho proyecto.

La respuesta termina con dos párrafos que decretan el interés de Barrick por dialogar y por generar un espacio mejor: “En Barrick estamos orgullosos del trabajo que estamos realizando, de los aportes de nuestra gente, de la colaboración con las comunidades y del amplio apoyo que hemos recibido para nuestras iniciativas, tanto a nivel regional como local, en Argentina y en Chile. Esperamos que esta información ayude a formar una opinión más objetiva, completa y correcta de la actividad de Barrick en la Argentina y en el resto de las operaciones del mundo.”

Es importante que exista la información pero que al mismo tiempo haya poca (de)formación de la realidad; es fundamental para el desarrollo de una sociedad democrática el diálogo formativo, que logremos discutir proyectos productivos para tener cada día un país mejor en toda su extensión y más inclusivo. Existe la minería responsable cuando hay personas dentro de una empresa que creen que sólo respetando el ambiente es posible crecer.
http://www.fundamin.com.ar/es/info/38-actualidad-minera/216-la-respuesta-de-barrick-a-telenoche.html

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ESCRACHE A LA ALUMBRERA

Sábado 11 de octubre: Ante la convocatoria de ASANOA se realizó una marcha por el centro de la ciudad. Se realizó un escrache en las puertas de las oficinas de Minera La Alumbrera en Tucumán. Nos sorprendió la adhesión del público que circulaba y se asombraba al enterarse de que La Alumbrera tenía oficinas allí. Luego de más de 40 minutos de cánticos y palabras de denuncia a cargo de los miembros de la asamblea presentes, dos representantes de ASANOA subieron al 6º piso, donde están las oficinas de la minera y entregaron simbólicamente la carta documento que se transcribe más abajo. Para culminar la movilización la asamblea decidió realizar también un escrache al diario La Gaceta de Tucumán, que queda a la vuelta del edificio donde está la minera. Ya que no vienieron a cubrir la nota, se la llevamos a su edificio. Luego de más de 20 minutos de escrache con cantos y palabras "alusivas" y un intento de represión por parte de la seguridad privada del diario, decidieron enviar un periodista a cubrir nuestras declaraciones. Cabe aclarar que este diario no se dignó a cubrir la nota del corte del paso a los camiones de 60 días en los Valles Calchaquíes, pero sí le dió generoso espacio a las declaraciones de los ejecutivos de la minera. (No sabemos qué publicarán, pero NOS DIMOS EL GUSTO DE ESCRACHARLOS) Por prescripción médica, aconsejamos a todas las asambleas realizar acciones similares. Ha sido demostrado que causa una enorme sensación de placer, cosa muy positiva para la salud. Saludos a todos Elizabeth Avila Norberto Costa ASANOA Destinatario Minera La Alumbrera Ltda. L.N.Alem 855 2º piso 1001 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires San Miguel de Tucumán, 11 de octubre de 2008 Sres. Minera Alumbrera Ltda.. Pte. -------Por la presente intimamos a Uds., a que en un plazo perentorio e improbable de 24 horas se abstenga de continuar con su ciclo de explotación, producción y depredación de nuestros recursos naturales. Actividad esta, que sólo trae desolación y desesperanza para los que habitamos estos suelos. Pasivo ambiental que también deben enfrentar las generaciones futuras sin ser arte ni parte.------------------------------------------------------- -------Su desprecio por la vida de los seres vivos y el ambiente, se plasma en una abierta violación a la legislación de fondo vigente. Lo que quedó demostrado con el procesamiento de Julian Rooney en su calidad de gerente comercial y legal y de asuntos corporativos y vicepresidente de la empresa Minera La Alumbrera Ltda.., por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051, así lo dijo la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en la causa "Gonzalez, Juan Antonio s/infracción a la ley 24.051" Expte. De Cámara Nº 47.958/2005. situación que se consumó en el canal de riego conocido como DP2, el mismo, desagua en el Embalse de Río Hondo, en la Provincia de Santiago del Estero.------------------------------------------------------------ -------Nuestra requisitoria tiene fundamento en el Derecho Natural, en el art. 41 de la Constitución Nacional, y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc- 12 CN).----------------------------------------------------------------------------- -------Hacemos reserva de iniciar las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan al caso.---------------------------------------------------------------------------- -------Están debidamente notificados e intimados.------------------------------------------- Remitente EL PUEBLO ARGENTINO

¿Te parecen útiles estas acciones de denuncia y escrache a las empresas contaminantes?

CONTAMINACION POLITICA: ASI SE GANAN LAS ELECCIONES





Tambien pueden ver la denuncia de Telenoche Investiga sobre las maniobras durante las elecciones en Formosa:
Parte 1: http://www.youtube.com/watch?v=S5kYrd85dWQ&NR=1
Parte 2: http://www.youtube.com/watch?v=_oodAA8EUkI&NR=1

Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas


¡Sumá aquí tu firma a este reclamo!