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lunes, 1 de febrero de 2010

SOBRE LAS POBLACIONES LOCALES EN ARGENTINA


“Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo

. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a
la información y educación ambientales.” Art. 41. - Constitución Nacional de la República Argentina

Introducción
En los últimos años, la industria minera se desarrolló a una velocidad impresionante en
Argentina. Según datos de la Secretaría de Minería de la Nación, entre 2003 y 2007, el total de inversiones acumuladas en el país fue multiplicado por más de ocho, pasando de 660 millones de dólares a 5600 millones de dólares. El crecimiento acumulado de proyectos fue más increíble todavía: aumentó un 740% en esos cuatro años, para llegar en 2007 a un total de 336 proyectos – en diferentes grados de avance-. En cuanto al valor de la producción total, fue de 4635 millones de dólares en 2007 y las exportaciones alcanzaron los 3620 millones de dólares, o sea trece veces más que en 19951. Para que nos demos mejor cuenta de lo que representa, el monto de las exportaciones mineras es superior al presupuesto del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación durante todo 2007.

Podríamos seguir enumerando cifras, pero es mucho más importante preguntarse: ¿Por qué la Secretaría de Minería y la Cámara Argentina de Empresarios Mineros se enorgullecen tanto de todos esos millones cuando sabemos que no le queda nada al pueblo argentino sino una suma inimaginable de daños ambientales y sociales?

Paralelamente al constante desarrollo de la industria minera, se amplía cada día la larga lista de violaciones a los derechos humanos causadas por ella. De eso se guardan bien de hablar las autoridades públicas, como en 2007 cuando un informe de la Secretaría de Minería desapareció de su página web, ya que detallaba los graves impactos ambientales causados por la minera Bajo La Alumbrera en Catamarca.

Sería muy simple echar la culpa a las solas empresas mineras, pero lo que hay que entender es que si hicieron y siguen haciendo tanto daño es porque su actividad no está regulada por el Estado como debería. Y si el gobierno nacional y los gobiernos provinciales no cumplen con su deberes de regulación, es porque priorizan otros intereses económicos y políticos.
En este pequeño informe, trataremos de hacer un análisis del impacto de las actividades mineras sobre las poblaciones locales: como veremos, no sólo está violado el derecho a vivir en un ambiente sano, sino también derechos sociales, económicos, culturales y políticos. Pero, en primer lugar, daremos un breve panorama de la industria minera en Argentina, para luego presentar los factores, tanto legales como políticos, que posibilitaron este saqueo.

Panorama actual de la Argentina minera
Localización de los recursos mineros y de los proyectos activos En Argentina, hasta los años noventa, la mayoría de la producción minera correspondía a rocas de aplicación3, recursos concentrados en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Chubut, Entre Ríos, Mendoza y San Juan. Pero la geografía minera cambió totalmente a partir de la sanción de nuevas leyes durante el gobierno de Carlos Menem, la principal siendo la ley de Inversión Minera en 1993, que detallaremos más adelante.
Este nuevo marco legal abrió las puertas a los capitales de las grandes multinacionales extranjeras.

La gran minería – que incluso se podría calificar de “mega-minería” en algunos casos - se volvió la de mayor peso en el sector minero argentino: en 2003, 73% de la producción minera no combustible correspondía a minerales metalíferos, mientras que las rocas de aplicación representaban sólo el 13% de la producción. A tal punto que cuando hoy la gente habla de minería en Argentina, en realidad muchos se refieren únicamente a la gran minería.

La casi totalidad de los minerales metalíferos de la Argentina se encuentran en las provincias cercanas a la Cordillera de los Andes, las más importantes siendo San Juan, Catamarca, Tucumán, Santa Cruz, Chubut, Salta y Jujuy (cuentan con el 80% de la presencia de empresas mineras extranjeras).

Mientras que el total de proyectos mineros era de 336 en 2007, el número de proyectos en etapa avanzada de exploración o ya produciendo es mucho más reducido.

Los metales más buscados son el oro, la plata y el cobre, por el aumento del precio de esos minerales en los mercados internacionales.

Actualmente los yacimientos más importantes de la Argentina son los siguientes:
- en Catamarca: Bajo la Alumbrera (cobre y oro), Salar del Hombre Muerto (litio)
- en San Juan: Veladero (oro y plata), Pascua Lama y Pachón (cobre, oro y plata)
- en Jujuy: Mina Aguilar (plomo, plata y zinc), Pirquitas (plata, estaño y zinc)
- en Santa Cruz: Cerro Vanguardia (oro y plata)
- en Chubut: El Desquite (Esquel) (oro y plata).

Además, en el mapa nº1 (ver anexos) figuran los principales proyectos en exploración, así como las empresas a cargo de ellos.

Empresas mineras: la dominación de las empresas transnacionales La minería moderna se caracteriza por su alta tecnicidad, por lo cual necesita la adquisición de maquinarias, equipos y tecnologías muy costosos. Entonces, considerado que la prospección, exploración y producción de minerales metalíferos requieren altas inversiones en capital, el sector está dominado por grandes empresas transnacionales.

Existe alrededor de treinta grandes empresas multinacionales operando en el sector de la minería en Argentina, la mayoría de origen canadiense (ver tabla nº1 en anexo). Yamana Gold, Barrick Gold, Xstrata, AngloGold Ashanti y Silver Standard Resources se encuentran entre las empresas principales no sólo en términos de inversión y propiedad en el país sino también a nivel mundial.

Por otro lado, cabe destacar que el Estado no puede explotar minas sino por intermedio de empresas privadas. O sea, para participar en proyectos de gran minería, las empresas estatales tienen que asociarse con una empresa privada, como es el caso de FOMICRUZ (Fomento Minero de Santa Cruz) en el proyecto Cerro Vanguardia. Las otras empresas mineras públicas son el IPEEM (Instituto Provincial de Exploraciones y Explotaciones Mineras, San Juan), YMAD (Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio, Interestatal), CORMINE (Corporación Minera del Neuquén, Neuquén), y además existen otras dos empresas con participación estatal, SOMICA-DEM (Sociedad Minera Catamarca de Economía Mixta, Catamarca) y YAMIRI (Yacimientos Mineros Riojanos, La Rioja).

Algunos preguntarán por qué el hecho de que el sector sea dominado por empresas extranjeras es un problema, argumentando que en Argentina no existen los capitales suficientes para la extracción de esos importantes recursos mineros. El problema principal es que esas empresas sólo están guiadas por sus intereses privados, no les preocupa el desarrollo económico y social de Argentina, y ni siquiera el desarrollo local de la zona donde intervienen.

La consecuencia es que no se preocupan por los daños socio-ambientales que provocan y además llevan todas sus ganancias afuera del país. En otras palabras, la gran minería es un ejemplo típico del modelo de economía “extractivo-exportador”: las empresas transnacionales del Norte vienen a extraer los recursos naturales de un país del Sur, se los llevan para el exterior, mientras que el país explotado no aprovecha sus recursos para desarrollarse y tiene que ocuparse de las consecuencias socio-ambientales de este saqueo.

Por más chocante que sea, no hay que extrañarse de la postura de las empresas extranjeras, son empresas privadas y, de alguna manera, no tienen por qué preocuparse por el bien público. Si esas mismas empresas parecen mucho más socialmente responsables en sus países de origen, es porque sus gobiernos les obligan a serlo.

El Estado es el que está a cargo del bienestar del pueblo argentino, por lo cual es su rol y su responsabilidad regular la actividad de las empresas extranjeras que operan en el país, imponiéndoles una serie de normas ambientales y de obligaciones para que participen al desarrollo de Argentina, que sea a nivel local, provincial o nacional.

Lo que nos espera en los próximos años
Como ya resaltamos, el desarrollo de la industria minera fue impresionante en los últimos diez años. Este crecimiento va a seguir acelerándose en los próximos años. De hecho, en cuanto a su potencial minero, la Argentina ocupa el sexto puesto en el mundo, y 75% de las áreas atractivas para la minería no han sido sometidas a prospección minera todavía.

Entonces, se esperan nuevos récords en términos de inversión, de producción y de exportación. Así, la Cámara Argentina de Empresarios Mineros prevé más de 5000 millones de dólares de inversiones en la industria minera entre el 2006 y el 2010.

Muchos de los proyectos conflictivos de los cuales se habla ahora sólo están en etapa de exploración, por eso hay que actuar hoy para frenarlos antes de que empiecen la etapa de producción. Por ejemplo, si se termina de ejecutar, el proyecto binacional entre Chile y Argentina, Pascua Lama, “será el yacimiento más grande de ambos países y estará entre los primeros cinco del mundo”

Por lo tanto, el gran temor es que los daños ambientales y sociales que fueron ya provocados no sean nada comparado con los que van a aparecer en el futuro próximo, lo más probable es que su cantidad se multiplique al ritmo de los récords de producción y de exportación.

Lo que permite el saqueo de los recursos mineros del país
Una legislación que regala los recursos a las empresas extranjeras Si este saqueo de los recursos del país está en marcha, es porque los últimos gobiernos argentinos lo vienen permitiendo, hasta se podría decir que lo vienen promoviendo.
La llegada de las empresas transnacionales y el comienzo de la gran minería en Argentina se hicieron posible a partir de 1993, cuando fue sancionada la Ley 24.196 de Inversiones Mineras, en pleno auge del menemismo.

El arquitecto de esta ley es Ángel Maza, que era entonces Secretario de Minería. Cabe resaltar que es este mismo Maza que, como gobernador de la provincia de la Rioja, dio la bienvenida a la canadiense Barrick Gold y a su proyecto de extracción de oro y plata en el Cerro Famatina.

Si el aumento de los precios internacionales de los minerales ayudó a despertar elinterés económico de muchas empresas, la verdadera explicación del crecimiento espectacular

El texto completo de la ley 24.196 de Inversiones Mineras se encuentra en la página web de la
Secretaría de Minería de la Nación: www.mineria.gov.ar.

Del sector en Argentina se encuentra en su marco legal extremamente permisivo. La ley de 1993 literalmente desreguló todo el sector minero y creó las condiciones para que Argentina regale sus recursos a empresas extranjeras. En pocas palabras, esta ley estableció una serie de beneficios para las empresas mineras, sin exigirles nada en contraparte. Esta ley fue luego modificada por las leyes 24.296, 25.161 y 25.429, que acentuaron el tratamiento preferencial a las empresas mineras: los gobiernos de De la Rúa, Duhalde y Kirchner siguieron el camino trazado por Menem en los años 1990.

Principalmente, la ley 24.196 de Inversiones Mineras establece una serie de incentivos fiscales a la exploración y explotación minera (ver la lista completa en anexo):
Las empresas mineras pueden deducir el 100% de sus gastos de exploración del cálculo del impuesto a las ganancias; se les devuelve el IVA a la exploración, así como el IVA en importación o compra de bienes e inversiones de infraestructura; no pagan derechos de importación; no pagan el Impuesto al Cheque; pueden deducir el 100% del Impuesto a los Combustibles Líquidos, y muchas otras ventajas más.

Si se llevan todas sus ganancias afuera del país, una vez más, es porque la ley argentina lo permite: están autorizadas a no ingresar al país el 100% de las divisas obtenidas por sus exportaciones (decretos 417/03 y 753/04), y además no pagan ninguna carga o impuesto para transferir capitales al exterior del país.

Sin embargo el punto más importante es que no se les podrá retirar esos beneficios por un periodo de treinta años a partir de su instalación: la ley 24.196 de Inversiones Mineras garantiza la estabilidad fiscal y cambiaria por 30 años, o sea que tanto los gobiernos provinciales como el gobierno nacional no podrán aumentar la carga tributaria o arancelaria de las empresas mineras durante este periodo.

En contraparte de todos esos beneficios, las empresas mineras tienen que pagar regalías a las provincias, pero la ley 24.196 fija un tope ridículo para estas regalías: el 3% del valor del mineral extraído en boca de mina, y ciertas provincias como Chubut ni siquiera alcanzan este máximo ridículo. Esas regalías son tan insignificantes que en ciertos casos su monto termina siendo menor al monto de todos los reintegros hechos a las empresas mineras: ¡el Estado nacional y las provincias literalmente pagan las empresas mineras para que se lleven los recursos minerales afuera del país!

En cuanto al cuidado del medioambiente, la ley de 1993 le reserva un solo párrafo, muy corto, obligando las empresas “a constituir una previsión especial para este fin”, pero luego precisa que “la fijación del importe anual de dicha previsión quedará a criterio de la empresa”.

En otras palabras, las empresas mineras deben gastar un cierto monto anual para la conservación del medio ambiente, pero la ley no fija ningún mínimo para este gasto.

Además, para que las empresas no se asusten con esta pequeña obligación, único deber fijado por esta ley en el medio de tantos beneficios, el importe gastado a este fin podrá ser deducido del cálculo del impuesto a las ganancias, hasta una suma equivalente al 5% del monto total de los gastos de extracción y procesamiento.

Por otro lado, en 1995, se sanciona la ley 24.585 De Protección Ambiental, que modifica el Código de Minería. Con este ley, el gobierno nacional dice haber “cumplido así con un requerimiento fundamental”, pero en realidad esta ley no cambia casi nada a la falta de regulación de las actividades mineras a nivel ambiental. La única obligación hecha a las empresas mineras es la de presentar un Informe de Impacto Ambiental antes de empezar sus actividades.

En los hechos, muchas veces son las mismas empresas que escriben el informe, por lo cual se puede obviamente dudar de la objetividad de los datos presentados...

Por fin, se firmó en diciembre de 1997 un Tratado sobre Integración y Complementación Minera con Chile (ley 25.243), que posibilita, entre otras cosas, la explotación de proyectos mineros transfonterizos como Pascua Lama y Pachón en la provincia de San Juan.

Actualmente, se está viendo la posibilidad de firmar un tratado similar con Bolivia.
La estrategia de las empresas mineras para comprar apoyos: cuando intereses económicos y políticos se encuentran...
La ley de protección ambiental establece en su artículo 18 que “todo el que causare daño actual o residual al patrimonio ambiental, estará obligado a mitigarlo, rehabilitarlo, restaurarlo o recomponerlo, según correspondiere.”, y enumera después una lista de sanciones. Pero las empresas mineras son tan poderosas que supieron comprar los apoyos políticos necesarios para que nadie se atreviera nunca a procesarlas judicialmente. Sin embargo, a fines de mayo de 2008, el procesamiento judicial por daño ambiental del vice-presidente de la Minera Alumbrera, Julián Rooney, constituye una primera esperanza de que las cosas empiecen a cambiar. El resultado de este juicio nos dirá si tuvimos razón de esperar y si es posible imponer límites a la impunidad de las empresas mineras.

Hasta ahora, sobre que la ley minera argentina es muy permisiva, las empresas mineras logran además eludir las pocas normas que deben respetar. Así, la mayoría de las grandes empresas transnacionales consiguieron ampliar su área de influencia gracias a una supuesta “acción social y comunitaria” en los pueblos en los cuales se instalan, otorgando subvenciones a todas las instituciones comunitarias (hospitales, escuelas, etc) para comprar su silencio y el de los habitantes. Es la estrategia que adoptó la Minera Alumbrera en Andalgalá, Belén y Santa María (Catamarca), y Barrick Gold en Jáchal (proyecto Veladero).

Además del silencio del pueblo, las empresas mineras compran el de los medios de comunicación. Así en 2004, en San Juan, “cuarenta periodistas de toda la región participaron de un curso de manejo de camionetas 4x4 organizado por [Barrick Gold], y no es extraño ver en los diarios locales editoriales defendiendo a la minería a cielo abierto”.

Otro indicio de la falta de independencia de los medios es la censura del documental de Silvina
Cuman y Javier Orradre, Jáchal, cuando ya nadie te nombre, cuya difusión en el canal 7 –canal público- fue cancelada dos veces sin explicación.

Por supuesto, los apoyos más importantes que las multinacionales compran son los políticos, esenciales para llevar a cabo un proyecto de gran minería.

En Chubut, la empresa Patagonia Gold acumula los permisos mineros: posee más de 330 000 hectáreas mientras que la ley permite un máximo de 200 000 ha por provincia. En San Juan, el defensor más activo de la minería a cielo abierto es José Luis Gioja, gobernador de esta provincia desde 2003 Viene ayudando a Barrick a enfrentar las denuncias de las asambleas ciudadanas locales, difundiendo informaciones que siembran dudas, etc. El gobernador fue hasta prohibir las charlas que Fredy Espejo, un ex-empleado de Barrick, quería dar en escuelas de la región para hablar de los peligros de la gran minería.
Este hombre trabajó para esta multinacional canadiense durante seis años, en el área de estudios ambientales, y lo despidieron cuando vieron que sus resultados y conclusiones iban en contra de los intereses de la empresa.

Lo más preocupante es que Barrick no es un caso aislado, sino el modelo tipo del modus operandi de las empresas mineras. En Catamarca, la empresa minera La Alumbrera escapa a todo tipo de regulación porque se aseguró de la amistad de todas las autoridades de la región, desde el Estado provincial hasta los municipios, que se convirtieron en verdaderos “socios” de la empresa. Eligió no tomar ningún riesgo: financia a todos los candidatos, tanto los que están en el poder como los de la oposición. En Catamarca, todos los poderes están al servicio de este mega-proyecto minero, hasta la Iglesia: el obispo Luis Urbanc, amigo de la infancia de un funcionario de La Alumbrera, presenta a la empresa como un ejemplo de la minería responsable, aunque nos lleguen todos los días nuevas pruebas de la contaminación ambiental causada en Catamarca, Tucumán y Santiago del Estero, por la explotación de este yacimiento.

La larga lista de violaciones de los derechos de las poblaciones locales El contexto que acabamos de describir constituye entonces el escenario perfecto para que las multinacionales extranjeras saqueen los recursos mineros de Argentina, y salgan luego del país en total impunidad, con millones de dólares de ganancias.

Lo más grave es que este saqueo no sólo representa una pérdida económica para el país, sino también significa la violación de los derechos humanos de miles de argentinos. La gran mayoría de las empresas mineras se instalan en las zonas pobres del país, y se aprovechan de la vulnerabilidad de las poblaciones locales. La llegada de un proyecto minero altera de manera profunda la vida de los pueblos aledaños: todas las áreas están afectadas, desde lo ambiental a lo económico, lo político, lo cultural. Por lo tanto, es de primera importancia difundir la información sobre las consecuencias destructivas de la gran minería, y apoyar a esas poblaciones en su lucha para que recuperen los derechos de los cuales fueron privados.

La cadena de daños ambientales
Desde la reforma de 1994, la Constitución Nacional de la República Argentina reconoce como Derecho Humano a proteger “el derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”.

Es principalmente este derecho que violan las multinacionales mineras con sus proyectos de exploración y explotación, y que deberían proteger las autoridades públicas de la Nación y de las diferentes provincias argentinas.

Los proyectos mineros se desarrollan en varias etapas, y cada etapa del ciclo de vida de un proyecto conlleva consigo una serie de impactos ambientales, contaminando el agua, los suelos y el aire. Todos los proyectos mineros, como cualquier actividad industrial, tienen un impacto sobre el medio ambiente, pero cabe aclarar que la mayoría de los daños expuestos abajo son provocados por la minería “a cielo abierto”, que infelizmente parece estar de moda ahora.

Se trata de una forma de explotación minera que consiste en remover la capa superficial o sobrecarga de la tierra para hacer accesibles los extensos yacimientos de mineral de baja calidad. El uso, de manera intensiva, de grandes cantidades de cianuro, permite separar el oro del resto del material removido.


Uso exagerado y contaminación del agua
El recurso natural más afectado por la gran minería es el agua. En primer lugar, las actividades mineras implican un consumo desproporcionado de este bien público, conduciendo a la reducción de las napas freáticas locales: cada yacimiento necesita millones de litros de agua cada día, en zonas donde ya es un recurso escaso (la sola mina Bajo La Alumbrera consume 100 millones de litros por día). Y como si para Argentina no fuera ya suficiente este enorme gasto, se está gestionando, en el marco del tratado minero con Chile, un proyecto de construcción de dos acueductos que trasladarían el agua salteña hacia la puna chilena donde operan las transnacionales mineras del cobre.

Además del uso de enormes volúmenes de agua, el impacto más grave de los grandes proyectos mineros es la contaminación de los estanques de agua, arroyos, ríos, lagos de la región, principalmente por falta de tratamiento de las aguas usadas. La contaminación del agua se provoca de distintas formas, las principales siendo las siguientes:

- por el drenaje ácido de la minería – cuando grandes cantidades de rocas son excavadas y que los sulfatos que contienen entran en contacto con el agua;
- por metales pesados (arsénico, plomo, cobre, zinc, etc);
- por agentes químicos usados por las empresas mineras, como el cianuro y el ácido sulfúrico – cuando se derraman o se trasladan de un sitio minero a un curso de agua cercano.

Pobladores de Jáchal (San Juan) hicieron analizar muestras del río: “en mayo del 2005, sus aguas tenían 69 miligramos de arsénico por litro, unos 19 más que lo permitido. Un año después, con el proyecto Veladero a pleno, tenía 260 miligramos por litro en el río, y el agua potable 120 miligramos”.

En Ranchillos (Tucumán), se comprobó la contaminación de las aguas del canal de desagüe DP2, adonde se vierten los efluentes de la planta de filtrado del concentrado de mineral del yacimiento Bajo La Alumbrera, en Catamarca (daño ambiental por el cual está procesado el vice-presidente de esta compañía minera). Esos metales pesados y agentes químicos provocan desequilibrios químicos en los ríos, a veces de manera irreversible, y pueden además ser altamente tóxicos para los humanos y la fauna. Por lo tanto, la contaminación del agua tiene a su vez varias consecuencias sobre las poblaciones locales, las cuales detallaremos más adelante.

• Contaminación, alteración y erosión de los suelos
Por otro lado, la minería contamina también los suelos, lo cual tiene un impacto fuertemente negativo sobre la vegetación y sobre la productividad de esos suelos. La contaminación de los suelos se produce por depósito de partículas sedimentadas - a partir de la atmósfera o traídas por las aguas de lluvia-, por el vertido directo de los productos líquidos de la actividad minera, o por la infiltración de productos de lixiviación del entorno minero. Los contaminantes que se infiltran pasan luego a contaminar las reservas subterráneas de agua.

La minería puede también provocar una alteración y un movimiento descontrolado de los suelos. En Jujuy, comunidades Kollas sufren del impacto de la actividad minera: la extracción de oro en la cuenca del río Orosmayo produjo una profunda modificación de los terrenos, generando terrenos pantanosos, diques, que no tienen barreras de protección, lo cual provocó la muerte de animales de cría por accidentes en los mismos.

Además, al remover la capa superficial del suelo con toda su vegetación, la exploración y explotación minera favorecen la erosión y por lo tanto la desertificación, acelerando ese proceso ya problemático en zonas áridas, como es el caso en Patagonia y en el NOA. La erosión y desertificación son también facilitadas por la deforestación que precede ciertos proyectos mineros. A su vez, esos procesos conllevan otros peligros: aumentan el riesgo de inundaciones, provocan una sedimentación excesiva que puede obstruir riveras, y afectar entonces las especies acuáticas.

• Contaminación del aire
Al igual que el agua, el aire se contamina por el drenaje ácido de la minería, al entrar en contacto con el ácido sulfúrico. Además, pequeñas partículas de los metales pesados se desprenden de los residuos y se diseminan luego con el viento, integrándose lentamente en los tejidos de los organismos vivos. Por fin, las grandes cantidades de polvo generadas por la actividad minera asfixian las plantas y los árboles, además de provocar problemas respiratorios en las poblaciones locales.
Impactos sobre la salud humana

Muchas veces se habla del impacto de la destrucción del medio ambiente sobre las generaciones futuras. Pero, en el caso de la minería, los daños ambientales son tan inmediatos y profundos que afectan a las poblaciones actuales, provocando una serie de enfermedades, algunas siendo muy graves. Las poblaciones locales no están lo suficiente informadas sobre los riesgos de la actividad minera, y entonces toman agua “envenenada” y respiran aire contaminado. Además, comen carne y verduras contaminadas por los metales y productos químicos presentes en el agua y el suelo.

En Abra Pampa, un pueblo de unos 14 000 habitantes en Jujuy, se puede ver adolescentes de 16 años que aparentan. Se debe al proyecto minero de la empresa Metal Huasi, el cual dejó huellas profundas en los pueblos aledaños. Así, 25 años después del abandono de esta explotación de plomo, quedó una montaña de escoria de unas 10 000 toneladas de metal, que sigue contaminando el aire.

En 2007, un estudio de la Universidad de Jujuy reveló que el 81% de los niños de este pueblo tiene plomo en la sangre en cantidades dañinas para su salud. Mientras que en Argentina los límites máximos son de 10 microgramos de plomo por decilitro de sangre, otros países bajaron esos límites, ya que se considera que a partir de 5 microgramos los chicos tienen daños neuromadurativos.

De todas formas, los niños de Abra Pampa están muy arriba de esos niveles, con cantidades de plomo en la sangre superiores a 20 o 40 microgramos. Las consecuencias son muy graves: problemas de crecimiento y de desarrollo del coeficiente mental, enfermedades de la piel, etc. La pregunta es: ¿qué pasará si entra en funcionamiento la mina Navidad en Chubut, uno de los yacimientos de plata y plomo más grande del mundo?

En realidad, parece que las empresas mineras son muy conscientes del impacto del cianuro, del arsénico y otros contaminantes sobre la salud humana. Mientras que difunden información sobre las bondades del cianuro, algunas empresas mineras tienen, por las dudas, una política de contratación del personal diversificada, para no aumentar las estadísticas de cáncer y enfermedades bronco-pulmonares: “En ninguna de las tres ciudades principales cercanas a la mina (Santa María, Belén y Andalgalá, de 15 mil habitantes promedio cada una) habitan más de 80 a 100 obreros directos de la empresa. El resto de los 1.800 trabajadores directos de La Alumbrera se esparcen en ciudades más lejanas y provincias vecinas como La Rioja, Tucumán, San Juan y Córdoba, e incluso Chile”.

Además, la empresa financia el hospital de la zona, el cual dejó de publicar, desde 2005, estadísticas de enfermedades y causales de muerte en Belén, para evitarse problemas con su “espónsor”.

Cabe destacar que la acumulación de esos metales pesados en la sangre y los pulmones es lenta, y sólo se detecta gracias a análisis específicos, por lo que muchas personas se enteran de su presencia cuando el problema de salud es ya muy grave.

Por fin, los que están directamente afectados por la minería son los empleados mineros, aunque las empresas mineras sostengan que la salud y la seguridad de sus empleados son una prioridad. Así, de 2003 a 2005, los datos de la propia Barrick Gold muestran un aumento constante de los accidentes laborales en la explotación minera de Veladero (San Juan). La empresa informó además de la muerte de dos empleados, pero las organizaciones sociales consideran que hubo muchos más casos mortales (más de cincuenta según un ex-empleado de Barrick Gold).
Un balance ampliamente negativo para la economía local.

Por otra parte, la puesta en marcha de un proyecto minero a gran escala viola los derechos económicos de las poblaciones locales, porque tiene impactos importantes sobre la estructura económica local, afectando en varios aspectos las posibilidades productivas.

En primer lugar, las empresas mineras, ayudadas por los responsables políticos y los medios locales, crean fuertes expectativas con campañas de propaganda que prometen miles de puestos de trabajo y un dinamismo económico para la región donde se instalan. Los habitantes se dejan seducir y prefieren tener trabajo por más que esta actividad represente un riesgo ambiental. Rápidamente, las promesas se revelan falsas, ya que las empresas crean poco empleo directo, y gran parte de la mano de obra que contratan no es local. Además, no es una fuente estable de trabajo, ya que después de diez o treinta años, cuando se agotan los recursos mineros, desaparecen los puestos creados.

En las distintas provincias mineras, las asambleas de vecinos vienen denunciando esas mentiras. Es el caso también de Rubén Lasa, presidente de la Cámara Económica de Belén: "Ni la comida compran acá, nos subestiman absolutamente. La llegada de la empresa no ha representado nada de lo que se esperaba ni de lo que se prometió. Es un emprendimiento enorme rodeado de una pobreza atroz, que sólo provee dádivas y aportes mínimos a instituciones locales ¿Qué genera La Alumbrera para la zona? Nos siguen vendiendo espejitos de colores".

Catamarca, una de las mayores provincias mineras de Argentina, es también una de las provincias más pobres del país. Nada de todo el oro que encierra esta región llega a sus habitantes.

Además de no crear los empleos prometidos, la minería a gran escala destruye fuentes de trabajo preexistentes. El uso indiscriminado de agua por la minería reduce por supuesto las cantidades disponibles para las otras actividades productivas, como la agricultura. La localidad de Santa María (Catamarca) perdió el 40% de su agua y el 70% del sector agropecuario de este departamento dejó de producir por falta de agua. Agravando la falta de agua, la contaminación de los suelos reduce fuertemente su productividad. Ese escenario se repite a lo largo de la Cordillera de los Andes.

En el paraje Barda Negra Sur de Zapala (Neuquén), la comunidad mapuche Calfucurá (Kajkvkura) viene luchando contra las empresas mineras desde 1987. En ese año llegó la minera Zanón, cuya explotación de arcilita comprometió la actividad ganadera, la cual constituye la principal fuente de ingresos de la comunidad: esa empresa ocupó parte de las tierras de los mapuches, dañando sus campos de invernada. Por causa de la disminución de áreas de parición y de pastoreo, disminuyó la crianza y aumentó la mortandad de los animales de cría. La empresa nunca reconoció las regalías que tenía que pagar a la comunidad, ni tampoco los daños causados por su actividad.

No sólo se reducen las áreas reservadas a la actividad ganadera, pero además la contaminación del medio ambiente atenta a la salud de los animales de cría, que beben la misma agua envenenada y comen pasto contaminado por los mismos metales y agentes químicos. Cuando no mata directamente las vacas, cabras y ovejas, la contaminación afecta la producción de alimentos con dichos animales (leche, queso, carne).

A mediados de 2002, la empresa Luis Losi empezó a extraer oro alrededor de Orosmayo y Liviara; desde el principio de la extracción hasta principios de 2004, murieron unos 1100 animales de las comunidades Kollas que viven ahí. No sólo señalan que aumentó fuertemente la mortandad de sus animales, sino también que su muerte se acompañaba de síntomas extraños: “a las ovejas se les reventaban los pupos y se les salían las tripas”.

Por último, la minería afecta otras actividades locales, tales como el turismo. En efecto, además de la contaminación y destrucción del medio ambiente, la explotación de un yacimiento puede destruir gran parte del paisaje natural local.

Violación de otros derechos fundamentales

• Falta de respeto de los derechos culturales
Al impedir el desarrollo de las actividades económicas tradicionales, las empresas mineras atentan también a los derechos culturales de las poblaciones locales.

En particular, es el caso de los pueblos originarios, cuya relación con el medio ambiente es un aspecto central de su cultura. Del mismo modo, la práctica de la ganadería o de otras actividades económicas es parte de la identidad de esos pobladores. Por lo tanto, la destrucción del medio ambiente, de la fauna y de la flora, causada por las actividades mineras es una amenaza directa a su identidad y a su cultura.

Las mineras van hasta profanar el patrimonio de comunidades indígenas, como fue el caso del proyecto Navidad, cerca de la localidad de Gastre (Chubut). En 2005, el Parlamento Mapuche de Río Negro denunció que la empresa canadiense IMA Exploration Inc. “levantó, sin previa autorización, un cementerio de la comunidad ubicado en Chubut para desarrollar allí una explotación privada”. El cementerio, ubicado en el centro del yacimiento Navidad, era la única prueba de que ese proyecto se encontraba en territorio mapuche, y al sacarlo del lugar, la multinacional minera hizo desaparecer esta prueba.

Además, los proyectos mineros alteran las relaciones sociales en los lugares donde se ubican. Se crean divisiones adentro de los pueblos y comunidades, entre los que privilegian tener un trabajo ahora y los que piensan en todos los riesgos ambientales, sociales y económicos que conlleva un emprendimiento minero.

• No reconocimiento del derecho a la tierra de los pueblos originarios
Este atropello en el yacimiento Navidad nos lleva a hablar de otro tipo de violación muy grave perpetrado por empresas mineras: el no respeto de los territorios de los pueblos originarios.

En mayo de 2008, veinte años después de la llegada de la minera Zanón, la comunidad Calfucurá tuvo que enfrentarse con otra empresa minera, la canadiense Orión del Sur, que 15 En 2002, la fábrica de cerámica de Zanón fue recuperada por sus obreros, y los mapuches les ofrecieron su cantera de arcilla. La comunidad participó también en el diseño de nuevos modelos de cerámicos. Esta fraternidad ya se había manifestado años atrás cuando los obreros denunciaron el hecho de que la empresa sacaba la materia prima del territorio mapuche sin pagarles regalías.

intentó penetrar en este territorio mapuche para realizar trabajos de mensura y exploración en búsqueda de cobre.
De la misma manera, en Jujuy, la Compañía Minera Aguilar, en cuya propiedad se encuentran varias comunidades Kollas, no reconoce sus territorios, su derecho a la tierra, y su derecho a participar al manejo de sus recursos naturales.

• Falta de libertad de expresión
Como ya dijimos, las transnacionales mineras compran el silencio de los habitantes de los pueblos aledaños a sus proyectos. Obtener el silencio de esas personas con dinero es un atentado a su libertad de expresión. Podemos contar la experiencia de un aborigen Diaguita de la Rioja, que vive en Guandacol, al límite con la provincia de San Juan, y a treinta kilómetros del emprendimiento minero Gualcamayo, de la canadiense Yamana Gold. A ese hombre le empezaron a morir los animales, por causa de la contaminación de esta minera en etapa de exploración. Quiso llevar una de sus ovejas al veterinario, para ver si podía encontrar la razón de todas esas muertes. En camino, se encontró con empleados de la empresa minera, y ellos le pagaron cincuenta pesos para que no vaya a mostrar su oveja, y el día siguiente le vinieron a regalar comida para asegurarse de su silencio.

De la misma manera, la Compañía Minera Aguilar amenaza despedir a los Kollas que trabajan para ella en caso de que participen a las reuniones comunitarias o a todo tipo de reclamo indígena. Sabiendo que la minería representa el único empleo del que disponen en la zona, no pueden hacer otra cosa que guardar el silencio y “dejar” que violen sus derechos políticos y su libertad de expresión. Cuando no se trata del puesto de trabajo directamente, gracias a la complicidad de los gobiernos locales, algunas empresas mineras logran que se les saque los planes sociales a los pobladores que se manifiesten demasiado en contra de sus actividades.

Por último, muchas personas cuentan haber recibido amenazas personales, hasta amenazas de muerte, por su actividad en contra de los emprendimientos mineros. Fue por ejemplo el caso del presidente de la comunidad Kolla de Liviara, en Jujuy, por su oposición al proyecto de extracción de oro de la empresa Luis Losi.

• Violación de los derechos laborales
Como ya comentamos, los obreros mineros trabajan en condiciones muchas veces insalubres y sobre todo muy peligrosas. No sólo las empresas mineras no respetan el derecho a la salud de sus empleados, sino también violan sus derechos laborales.

El caso más escandaloso es el de Yamana Gold y de su emprendimiento minero de Gualcamayo, en San Juan. Esta gigante empresa canadiense aprovechó de su posición de fuerza para exigir de sus empleados que firmen un acuerdo en el cual renuncian a sus derechos. Así, el texto del acuerdo afirma “...yo el firmante, en representación mía, de mi esposa, familia, herederos, ejecutores, administradores, representantes legales y cesionarios, mediante la presente libero y renuncio en forma expresa a iniciar cualquier acción judicial o extrajudicial y, por ende, eximo para siempre a 'MINAS ARGENTINAS SA', sus subsidiarias, empresas matrices, ejecutivos, agentes, representantes, empleados u obreros, afiliados, sucesores y cesionarios, de cualquiera y de toda responsabilidad, por el o los daños que produzcan en mi persona, muerte o lesión corporal - o bienes, con motivo del ascenso, ingreso, permanencia y regreso del Proyecto GUALCAMAYO”.

Conclusiones
En los últimos años, Argentina se transformó en uno de los países más codiciados por las grandes transnacionales mineras: se debe a la gran cantidad de minerales metalíferos que se encuentran en el país, pero sobre todo a las leyes sancionadas a partir de 1993. Esta legislación más que permisiva estableció una lista de beneficios para las empresas mineras, más que todo exenciones fiscales. La idea era atraer capitales extranjeros, lo cual fue un gran éxito, pero lo que faltó fue la creación de un marco regulatorio para controlar la actividad de las empresas extranjeras que ingresaban al país.

El resultado de esta falta de regulación es una larga lista de violaciones de los derechos humanos. Pocas actividades industriales logran afectar de manera tan profunda todas las esferas de la vida de esos pueblos como lo hace la gran minería. Apoyadas por la gran mayoría de los políticos y de los medios, las empresas mineras actúan en total impunidad, aprovechando de la vulnerabilidad de las poblaciones locales.

Los proyectos mineros a gran escala provocan la destrucción y la contaminación del medio ambiente, las cuales causan enfermedades mortales para las personas, y también para sus animales. De fuentes y sustento de vida, el agua, el suelo y el aire pasan a ser fuentes de muerte. Además, la gran minería desplaza las actividades económicas locales, afectando la cultura y la identidad de comunidades para las cuales la tierra es el centro de su vida. No se respeta ni los derechos culturales, sociales y económicos, ni el derecho a la tierra, ni la libertad de expresión de las poblaciones locales.

Las transnacionales mineras fundan su política en la idea que el dinero lo compra todo, y que se puede hacer cualquier cosa a fin de aumentar sus ganancias. Pero si el dinero consiguió comprar mucho, por suerte no compró a todos todavía. En todos los pueblos afectados por la minería, se crearon asambleas de vecinos autoconvocados por el no a la mina.

En algunos casos, esos movimientos sociales lograron mucho, como en Esquel (Chubut), donde la actividad minera está paralizada desde un referéndum local en 2003, en el cual el no a la mina ganó con 81%. En la Rioja, la fuerte movilización de la población mantiene hace más de un año un corte del acceso al cerro Famatina, impidiendo que se siga con la exploración de este yacimiento de oro y plata. Esos ejemplos muestran que desde la sociedad civil es posible tener un impacto sobre la actividad de las empresas mineras. La misma Unión Industrial Argentina identifica a los “movimientos ambientalistas y de aborígenes” como amenaza a la industria minera. Por lo tanto, es primordial apoyar esas iniciativas, difundir esas experiencias de lucha en toda la Argentina para imponer un límite a la impunidad de las mineras.

Por fin, si este tipo de acciones es esencial a nivel local, es imprescindible unir los esfuerzos a nivel provincial y nacional, porque lo único que realmente puede permitir terminar con este saqueo es un cambio en las leyes. El Estado y los gobiernos provinciales son los garantes del bien público, por eso hay que exigirles cambiar la legislación minera y hacer respetar los derechos del pueblo argentino.

Síntesis de los incentivos fiscales a la exploración y explotación minera
(Fuente: www.noalamina.org)
1- Doble Deducción de Gastos de Exploración (Ley Nº 24.196)
Pueden deducir el 100% del monto invertido en determinar la factibilidad de un proyecto del cálculo del Impuesto a las Ganancias (prospección, exploración, estudios especiales, planta pilotos, investigación). Y además lo deducen de la ley de Impuestos a las Ganancias.

2- Devolución del IVA a la Exploración (Ley Nº 25.429) Devolución de créditos fiscales de IVA (a los 12 meses)
3- Estabilidad Fiscal y Cambiaria (Ley Nº 24.196)

Estabilidad fiscal por 30 años. Las mineras no podrán ver afectada su carga tributaria o arancelaria, disminuir sus beneficios, ni ver modificado su régimen cambiario. (En el aspecto fiscal incluye los impuestos que gravan los intereses de préstamos en el exterior, pero quedan fuera el IVA y los reintegros a las exportaciones. Respecto al régimen cambiario se excluye la paridad cambiaria). En otros países estos beneficios no son GRATIS.

4- Amortización Acelerada (ley Nº 24.196)
Maquinaria, construcciones, vehículos e infraestructura se amortizan en 3 años. Puede trasladar el quebranto de una amortización acelerada al próximo ejercicio fiscal, cuando no pueda ser utilizado en un 100%. El quebranto puede ser trasladado indefinidamente hasta que la empresa genere ganancias que permitan utilizarlo.

5- Exenciones de Aranceles y Tasas Aduaneras (Ley 24.196 -Resolución 112/2000)
No pagan derechos de importación o de todo otro gravamen, derecho o tasa de estadística por la importación de bienes de capital, equipos o insumos.

6- Deducción por Gastos de Conservación de Medio Ambiente (Ley 24.196)
Estos gastos son deducibles hasta un 5% del monto total de los gastos de extracción y procesamiento.

7- Exención de Ganancias (Ley 24.196)
Están exentas las utilidades derivadas del aporte de minas y derechos mineros para capitalizar sociedades

8- Regalías (Ley 24.196 modificada por Ley 25.161- artículo 22bis)
El tope fijado en el país es del 3%. En Chubut es del 2% del valor de bocamina del mineral extraído. En otros países es entre 15% y 40%.

9- Exención del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (Ley 24.196)

10 - Capitalización de los Avalúos de Reservas Mineras (Ley 24.196)
El avalúo de reservas mineras, podrá ser capitalizado hasta en un 50%. Esto no incide en el impuesto a las ganancias, sólo mejora la situación patrimonial para acceder a créditos. (Ley de
Inv. Mineras)

11 - Devolución Anticipada y Financiamiento de IVA (Ley 24.196)
Devolución o financiamiento en importación o compra de bienes e inversiones de infraestructura. - Devolución del IVA dentro de 60 días. Los créditos fiscales de IVA pueden ser canjeados por un préstamo bancario del mismo monto. El estado se hace cargo de los intereses hasta un 12 % anual. Y el crédito puede ser a 2, 4 o 6 años.

12 - Exención de Contribución sobre la Propiedad Minera (Ley 24.196)
Léase: Propiedad Minera = productos, establecimiento, maquinaria, vehículos, etc. – Esto alcanza a todo impuesto o gravamen, presente o futuro, nacional, provincial o municipal -
(Quedan excluidas: el canon minero, tasas de retribución de servicios e impuestos a los sellos por actuaciones judiciales).

13 - Gravámenes Provinciales y Municipales:
En el acuerdo Federal Minero (Ley 24.228), los estados Nacional y Provinciales acordaron eliminar todo gravamen y tasa municipal e impuesto a los sellos (exención a los Ingresos Brutos, sellos, etc).

14 - Reembolsos por Puerto Patagónico (Ley 23.018 y su modificatoria Ley 24.490)
Se establece un reembolso a las exportaciones realizadas por Com. Rivadavia Como del 5% (aumenta cuando más austral es la ubicación geográfica del puerto).

15 - Exención de Retenciones a las Exportaciones (otras actividades aportan entre un 10% y un 20%)

16 - Exención del Impuesto al Cheque (decreto Nº 613/2001)
Para el resto de las actividades la tasa es del 6 por mil.

17 - Deducción del 100% del Impuesto a los Combustibles Líquidos (ley 23.966)
Es el impuesto que todos pagamos cuando cargamos nafta. El combustible utilizado por las empresas mineras no integra la nómina de productos gravados por el Impuesto a los
Combustibles Líquidos.

18 - Transferencia al exterior de capital y Ganancias en cualquier momento y sin pagar cargas o impuestos sobre dichas transferencias

19 - No deben liquidar divisas.
Están autorizados a no ingresar al país el 100% de lo producido por sus exportaciones.

Informe realizado por Juliette RENAUD, asesora de Adolfo Pérez Esquivel– Julio 2008
http://www.elvecinalistaweb.com.ar/index.php?option=com_content&task=view&id=1648&Itemid=20

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PARTICIPAR ES MAS QUE VOTAR

DIGAMOS NO A LOS OGM (Organismos Genéticamente Modificados)

7 de Junio de 2010 - Terminemos con la represión policial y la persecución en Andalgalá.

NOTICIOSO AGALON

http://www.agalon.com.ar/index.php?option=com_k2&view=item&id=29:noticioso-agal%C3%B3n&Itemid=4

FENOMENO: MUTANTES EN LA TRAICION Y LA ENTREGA A LAS MEGAMINERAS

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el TRAIDOR A LA PATRIA Gioja cruzó los Andes con una BANDERA DE CANADA

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San Juan - 23 al 26 de abril de 2009

BENEFICIOS MINEROS

SOJA HOY = HAMBRE MAÑANA

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ESCRACHE A LA ALUMBRERA

Sábado 11 de octubre: Ante la convocatoria de ASANOA se realizó una marcha por el centro de la ciudad. Se realizó un escrache en las puertas de las oficinas de Minera La Alumbrera en Tucumán. Nos sorprendió la adhesión del público que circulaba y se asombraba al enterarse de que La Alumbrera tenía oficinas allí. Luego de más de 40 minutos de cánticos y palabras de denuncia a cargo de los miembros de la asamblea presentes, dos representantes de ASANOA subieron al 6º piso, donde están las oficinas de la minera y entregaron simbólicamente la carta documento que se transcribe más abajo. Para culminar la movilización la asamblea decidió realizar también un escrache al diario La Gaceta de Tucumán, que queda a la vuelta del edificio donde está la minera. Ya que no vienieron a cubrir la nota, se la llevamos a su edificio. Luego de más de 20 minutos de escrache con cantos y palabras "alusivas" y un intento de represión por parte de la seguridad privada del diario, decidieron enviar un periodista a cubrir nuestras declaraciones. Cabe aclarar que este diario no se dignó a cubrir la nota del corte del paso a los camiones de 60 días en los Valles Calchaquíes, pero sí le dió generoso espacio a las declaraciones de los ejecutivos de la minera. (No sabemos qué publicarán, pero NOS DIMOS EL GUSTO DE ESCRACHARLOS) Por prescripción médica, aconsejamos a todas las asambleas realizar acciones similares. Ha sido demostrado que causa una enorme sensación de placer, cosa muy positiva para la salud. Saludos a todos Elizabeth Avila Norberto Costa ASANOA Destinatario Minera La Alumbrera Ltda. L.N.Alem 855 2º piso 1001 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires San Miguel de Tucumán, 11 de octubre de 2008 Sres. Minera Alumbrera Ltda.. Pte. -------Por la presente intimamos a Uds., a que en un plazo perentorio e improbable de 24 horas se abstenga de continuar con su ciclo de explotación, producción y depredación de nuestros recursos naturales. Actividad esta, que sólo trae desolación y desesperanza para los que habitamos estos suelos. Pasivo ambiental que también deben enfrentar las generaciones futuras sin ser arte ni parte.------------------------------------------------------- -------Su desprecio por la vida de los seres vivos y el ambiente, se plasma en una abierta violación a la legislación de fondo vigente. Lo que quedó demostrado con el procesamiento de Julian Rooney en su calidad de gerente comercial y legal y de asuntos corporativos y vicepresidente de la empresa Minera La Alumbrera Ltda.., por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051, así lo dijo la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en la causa "Gonzalez, Juan Antonio s/infracción a la ley 24.051" Expte. De Cámara Nº 47.958/2005. situación que se consumó en el canal de riego conocido como DP2, el mismo, desagua en el Embalse de Río Hondo, en la Provincia de Santiago del Estero.------------------------------------------------------------ -------Nuestra requisitoria tiene fundamento en el Derecho Natural, en el art. 41 de la Constitución Nacional, y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc- 12 CN).----------------------------------------------------------------------------- -------Hacemos reserva de iniciar las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan al caso.---------------------------------------------------------------------------- -------Están debidamente notificados e intimados.------------------------------------------- Remitente EL PUEBLO ARGENTINO

¿Te parecen útiles estas acciones de denuncia y escrache a las empresas contaminantes?

CONTAMINACION POLITICA: ASI SE GANAN LAS ELECCIONES





Tambien pueden ver la denuncia de Telenoche Investiga sobre las maniobras durante las elecciones en Formosa:
Parte 1: http://www.youtube.com/watch?v=S5kYrd85dWQ&NR=1
Parte 2: http://www.youtube.com/watch?v=_oodAA8EUkI&NR=1

Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas


¡Sumá aquí tu firma a este reclamo!