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martes, 8 de septiembre de 2009

Glaciares. Lo que Filmus encubre.

Como es conocido, la Presidenta de la Nación vetó, el 10 de noviembre del año pasado, la ley 26.148, conocida como “Ley de Presupuestos Mínimos Ambientales de Protección de los Glaciares y Ambiente Periglacial”. De manera cruel, se evidenció lo que muchos sabíamos hace tiempo: para el gobierno nacional la cuestión ambiental es una problemática absolutamente secundaria y subordinada a los intereses económicos concentrados. Acertadamente, se lo ha tildado como el “veto de la Barrick Gold ”, evidenciando las relaciones peligrosas que existen con esta poderosa empresa que ha llegado a financiar eventos electorales de la fórmula presidencial Cristina-Cobos.

Muchas cosas han sucedido desde el veto. La Cámara de Diputados no pudo insistir con la ley original, atento la feroz coraza impuesta por la mayoría oficialista en la cámara baja, que se comporta como verdadera custodia pretoriana del modelo minero impuesto en la década de los 90 y profundizado en los últimos años. También existe un nuevo proyecto de ley, idéntico a la ley vetada y firmado por todos los presidentes de los distintos bloques de la Cámara de Diputados con excepción del Frente por la Victoria y sus aliados. Este proyecto ya obtuvo dictamen favorable en la Comisión de Recursos Naturales y duerme en los cajones de la inefable Comisión de Minería donde el oficialismo cosecha amplia y decisiva mayoría. Duerme al igual que los numerosos proyectos de la oposición que pretenden modificar el actual modelo legal-minero de saqueo y contaminación.

Pero también hay un proyecto de ley del Senador Nacional, Daniel Filmus, en parte distinto del original y que, bajo la perversa apariencia de realizar mejoras a la ley vetada, nos pretende camuflar sus verdaderas intenciones.

Y aquí me detengo porque creo central se conozca que se esconde detrás de este proyecto que quiere ser prontamente sancionado por la Cámara de Senadores de la Nación.

En primer lugar, existen argumentos concretos o técnicos que nos llevan a concluir, sin hesitación alguna, que debe rechazarse el proyecto del senador Filmus. Específicamente, trascendentales modificaciones que se pretenden realizar en los artículos 2°, 6° y 15°.

Este proyecto elimina del artículo 2° la definición de “ambiente periglacial”, achicando notablemente el bien jurídico tutelado. Es decir, ya no se encuentra alcanzado por las disposiciones de la norma "el área de alta montaña con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico", como describía el proyecto original, dejando esta importante y vital superficie virtualmente sin protección y a merced de las corporaciones mineras. Como consecuencia de ello, el proyecto del senador por la Ciudad de Buenos Aires también elimina la prohibición, que la ley vetada establecía en su artículo 6° inciso c), de la actividad minera e hidrocarburífera “en el ambiente periglacial saturado en hielo”. Estas modificaciones son exactamente las pretendidas por las multinacionales mineras porque muchos de sus actuales y futuros proyectos se desarrollan en este ambiente. Así lo admiten documentos de las propias empresas, realizados con anterioridad a la existencia de la ley vetada.

Pero hay una modificación existente en el proyecto del ex–ministro de educación de la Nación que hay que prestarle especial atención porque parece redactado por los directivos del emprendimiento binacional Pascua Lama, propiedad de la Barrick Gold. La redacción del artículo 15° es la llave para continuar desarrollando libremente la actividad minera actualmente en ejecución, incluso sobre lo que la propia ley prohíbe. La norma vetada establecía expresamente, para las actividades en ejecución al momento de la sanción de la ley, “que en caso de verificarse impacto significativo sobre glaciares o ambiente periglacial se ordenará el cese o traslado de la actividad y las medidas de protección, limpieza y restauración que correspondan”. El proyecto de Filmus solo establece que “las autoridades competentes ordenarán las medidas pertinentes para que dichas actividades se adecuen a la presente ley” en caso que generen un “impacto significativo” sobre los “glaciares descubiertos, cubiertos y de escombros”. Como vemos, otra vez desaparece el “ambiente periglacial” como área tutelada y, además, la solución de este proyecto es la adecuación, a diferencia de la ley vetada que establecía expresamente la posibilidad de hacer cesar la actividad ante impactos significativos. “Adecuar” puede significar trasladar con palas mecánicas glaciares como insólitamente pretendió realizar la Barrick Gold cuando Pascual Lama era un proyecto.

Pero además de ello, el proyecto del senador oficialista establece, también en el artículo 15°, que la Auditoria Ambiental se realice "en un plazo máximo de 180 días a partir de la culminación del inventario de cada jurisdicción …" La diferencia con la ley vetada es sustancial, atento que el plazo de 180 días para realizar la Auditoria Ambiental en la norma original empezaba a correr a partir de la sanción de la ley. De aprobarse la ley que propone Filmus, la realización de la Auditoria Ambiental se somete perversamente a la decisión de cada jurisdicción de realizar el Inventario de Glaciares que la propia norma establece, pero sin plazos determinados para dicha labor. Es decir, que si una jurisdicción omite o retrasa realizar el Inventario de Glaciares tampoco se realizará la Auditoria Ambiental sobre los proyectos actualmente en ejecución. En suma, de convertirse en ley este proyecto terminaría de legitimar a los presentes emprendimientos mineros que afectan a glaciares y a ambientes periglaciales, justo a la medida de Pascua-Lama.

Pero más allá de estas importantes modificaciones técnicas señaladas que, escondidas bajo la pretendida fachada de realizar una norma superadora de la ley vetada, cumplen aplicadamente con los deseos de las multinacionales mineras, estoy convencido que hay un fundamento ideológico que debe servir como basamento central para rechazar el proyecto que pretende ser sancionado por el Senado Nacional. Este argumento es aquél que nos señala que consentir los cambios pretendidos a la letra de la ley original sería aceptar que los intereses particulares de las mineras transnacionales son superiores a los de la Nación toda. Sería admitir que los derechos individuales o comerciales de estas empresas son superiores al derecho esencial vinculado con la propia existencia del hombre, como lo es el Derecho Humano a un ambiente sano y equilibrado. También sería reconocer como legítimos los argumentos del veto, muchos de los cuales hemos señalado como falaces e inconstitucionales, como la disparatada intención de suplantar el Congreso de la Nación por un “foro interdisciplinario”. Sería legitimar el espurio lobby de las megamineras representado por gobernadores, como el de San Juan, quien se ha convertido, en los hechos, en un servil empleado de la Barrick Gold. En definitiva, sería aceptar definitivamente que la megaminería no sea sólo un paradigma de devastación ambiental y saqueo de nuestros bienes naturales, sino también de devastación y saqueo institucional.


Enrique Matías Viale

Presidente

Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA)

Telefónos: (011) 4383-9197/3615 - Celular: (011) 15-5120-7518

enriqueviale@yahoo.com.ar

www.AAdeAA.org.ar

1 comentario:

Emiliano dijo...

SRES. La critica vacia no hace mas que frenar el progreso y postergar una gestión real de nuestros recursos. No tomen este
comentario como partidista por favor.
El texto de Filmus es producto del trabajo y aportes directos del Dr. Ricardo Villalba (pueden confirmarlo consultándole) no asumamos la obtusa postura de oponernos a todo, eso es solo marketing y fama y para eso ya tenemos a Greenpeace y todo su circo.
Saludos a todos!


PARTICIPAR ES MAS QUE VOTAR

DIGAMOS NO A LOS OGM (Organismos Genéticamente Modificados)

7 de Junio de 2010 - Terminemos con la represión policial y la persecución en Andalgalá.

NOTICIOSO AGALON

http://www.agalon.com.ar/index.php?option=com_k2&view=item&id=29:noticioso-agal%C3%B3n&Itemid=4

FENOMENO: MUTANTES EN LA TRAICION Y LA ENTREGA A LAS MEGAMINERAS

SAN MARTIN SE REVUELVE EN SU TUMBA

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Imágenes del 9º Encuentro Nacional de la UAC
San Juan - 23 al 26 de abril de 2009

BENEFICIOS MINEROS

SOJA HOY = HAMBRE MAÑANA

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ESCRACHE A LA ALUMBRERA

Sábado 11 de octubre: Ante la convocatoria de ASANOA se realizó una marcha por el centro de la ciudad. Se realizó un escrache en las puertas de las oficinas de Minera La Alumbrera en Tucumán. Nos sorprendió la adhesión del público que circulaba y se asombraba al enterarse de que La Alumbrera tenía oficinas allí. Luego de más de 40 minutos de cánticos y palabras de denuncia a cargo de los miembros de la asamblea presentes, dos representantes de ASANOA subieron al 6º piso, donde están las oficinas de la minera y entregaron simbólicamente la carta documento que se transcribe más abajo. Para culminar la movilización la asamblea decidió realizar también un escrache al diario La Gaceta de Tucumán, que queda a la vuelta del edificio donde está la minera. Ya que no vienieron a cubrir la nota, se la llevamos a su edificio. Luego de más de 20 minutos de escrache con cantos y palabras "alusivas" y un intento de represión por parte de la seguridad privada del diario, decidieron enviar un periodista a cubrir nuestras declaraciones. Cabe aclarar que este diario no se dignó a cubrir la nota del corte del paso a los camiones de 60 días en los Valles Calchaquíes, pero sí le dió generoso espacio a las declaraciones de los ejecutivos de la minera. (No sabemos qué publicarán, pero NOS DIMOS EL GUSTO DE ESCRACHARLOS) Por prescripción médica, aconsejamos a todas las asambleas realizar acciones similares. Ha sido demostrado que causa una enorme sensación de placer, cosa muy positiva para la salud. Saludos a todos Elizabeth Avila Norberto Costa ASANOA Destinatario Minera La Alumbrera Ltda. L.N.Alem 855 2º piso 1001 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires San Miguel de Tucumán, 11 de octubre de 2008 Sres. Minera Alumbrera Ltda.. Pte. -------Por la presente intimamos a Uds., a que en un plazo perentorio e improbable de 24 horas se abstenga de continuar con su ciclo de explotación, producción y depredación de nuestros recursos naturales. Actividad esta, que sólo trae desolación y desesperanza para los que habitamos estos suelos. Pasivo ambiental que también deben enfrentar las generaciones futuras sin ser arte ni parte.------------------------------------------------------- -------Su desprecio por la vida de los seres vivos y el ambiente, se plasma en una abierta violación a la legislación de fondo vigente. Lo que quedó demostrado con el procesamiento de Julian Rooney en su calidad de gerente comercial y legal y de asuntos corporativos y vicepresidente de la empresa Minera La Alumbrera Ltda.., por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051, así lo dijo la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en la causa "Gonzalez, Juan Antonio s/infracción a la ley 24.051" Expte. De Cámara Nº 47.958/2005. situación que se consumó en el canal de riego conocido como DP2, el mismo, desagua en el Embalse de Río Hondo, en la Provincia de Santiago del Estero.------------------------------------------------------------ -------Nuestra requisitoria tiene fundamento en el Derecho Natural, en el art. 41 de la Constitución Nacional, y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc- 12 CN).----------------------------------------------------------------------------- -------Hacemos reserva de iniciar las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan al caso.---------------------------------------------------------------------------- -------Están debidamente notificados e intimados.------------------------------------------- Remitente EL PUEBLO ARGENTINO

¿Te parecen útiles estas acciones de denuncia y escrache a las empresas contaminantes?

CONTAMINACION POLITICA: ASI SE GANAN LAS ELECCIONES





Tambien pueden ver la denuncia de Telenoche Investiga sobre las maniobras durante las elecciones en Formosa:
Parte 1: http://www.youtube.com/watch?v=S5kYrd85dWQ&NR=1
Parte 2: http://www.youtube.com/watch?v=_oodAA8EUkI&NR=1

Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas


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